Análisis del director del Observatorio del Contexto Económico de la UDP mostró que 15,6% de los asalariados es parte de alguna modalidad de subcontratación.
La legislación laboral en el el país se apresta a enfrentar una serie de cambios de aprobarse la nueva Constitución. Ya pasaron al borrador del nuevo texto propuestas en el sentido de garantizar la libertad sindical, el derecho a huelga y la posibilidad de que los trabajadores -a través de organizaciones sindicales- puedan participar en las decisiones de las empresas.
Una idea que no logró el quórum de dos tercios del pleno de la Convención Constitucional -y, por ende, volvió a comisión para una nueva redacción- fueron los límites que desde algunos sectores se querían establecer a la subcontratación o tercerización. Es decir, a aquella modalidad utilizada por las empresas para delegar en terceros ciertos procesos que son necesarios para el desarrollo de sus actividades, pero que usualmente no forman parte de su giro directo (core business).
Pero, ¿qué tan extendida es esta práctica en Chile? ¿Es efectivamente un tipo de trabajo precarizado? ¿Qué dicen las cifras? Estas fueron parte de las preguntas que respondió un análisis del director del Observatorio del Contexto Económico de la Universidad Diego Portales (OCEC-UDP), Juan Bravo, basado en la la Encuesta Nacional de Empleo del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
Bajo el título “Tercerización en Chile: magnitudes y características de las relaciones laborales multipartitas”, el economista identificó que los asalariados adscritos a alguna de las modalidades correspondientes a subcontratación sumaron 1.003.867 en el trimestre diciembre 2021 – febrero 2022, lo que equivale a 15,6% del total de personas con contrato.
La prevalencia de esta figura, que tiene como contraparte los 5.411.877 de quienes tienen una relación laboral directo con la compañía en que se desempeñan, llega a 25,7% en el sector público, mientras que en en el ámbito privado alcanza a 13,6%.
Por rubro económico, minería es el rubro que lidera en subcontratación, ya que el 52,3% de los asalariados está bajo esta modalidad.
Otras ramas con una alta participación de trabajadores tercerizados son suministro de electricidad y gas, enseñanza y salud, con niveles de 35,9%, 26,2% y 26,1%, respectivamente.
¿Precarización?
Para Bravo, el debate en torno a la tercerización se debe realizar a la luz de la evidencia, ya que ésta demuestra que los empleos tercerizados “no tienen una mayor precariedad”.
De hecho, las cifras dan cuenta de que la tasa de ocupación informal para el segmento de asalariados tercerizados es de 10,3%, la que constrasta con el 15,6% en el caso de aquellos no tercerizados.
Con respecto a la estabilidad laboral, las cifras indican que el porcentaje de contratos indefinidos es menor en el segmento de tercerizados es de 58,7% en comparación a 73,5% en los no tercerizados.
Según complementa Bravo, los trabajadores tercerizados exhiben mejores indicadores en materia de seguridad social respecto a sus contrapartes, ya que en el caso de la subcontratación existe en la legislación laboral la responsabilidad solidaria y la responsabilidad subsidiaria.
¿Qué significa esto? que la empresa principal (mandante) está obligada a responder por las deudas laborales y previsionales en que hayan incurrido sus contratistas o subcontratistas con sus trabajadores, por lo que tienen menos posibilidades de que nadie responda por sus cotizaciones.
De ahí que Bravo plantee que las cifras no sugieren necesariamente que los empleos asalariados tercerizados tengan un menor grado de seguridad social y, por ende, de formalidad.
A su juicio, otro elemento necesario a analizar para saber si existe precarización laboral, es la existencia de brechas de ingresos entre asalariados tercerizados y no tercerizados.
Conforme a las cifras de la Encuesta Suplementaria de Ingresos del INE del año 2020, el promedio del ingreso de la ocupación principal entre asalariados tercerizados fue de $615.042, mientras que entre los asalariados no tercerizados dicha cifra fue de $ 728.790. Una diferencia de 18,5%.
Bravo explica que la diferencia salarial radica en que entre los trabajadores tercerizados hay una proporción mayor de trabajadores en ocupaciones de baja calificación y una proporción menor en ocupaciones de alta calificación en comparación a los trabajadores no tercerizados.
“Quienes ejercen ocupaciones de baja calificación tienen una menor capacidad de generación de ingresos considerablemente menor a los de alta calificación”, explica el economista.
Consultado respecto a si debe o no limitarse en la Constitución el uso de esta modalidad laboral, Bravo es claro: este es un aspecto que debe ser regulado en la legislación laboral, y no en la carta fundamental.
“Cuando uno mira las normas que se han aprobado, uno ve que hay aspectos demasiado específicos sobre el mercado laboral, y la Constitución no debe transformarse en otro Código del Trabajo, porque para eso existe la legislación laboral, para ver todos los aspectos detallados del mercado laboral”, enfatiza.
Los trabajadores por turno,
otra mirada al mercado laboral
Un análisis realizado por el INE mostró que las personas ocupadas que trabajan bajo algún sistema de turno en el país sumaron 618.677 en el trimestre diciembre-febrero 2022, lo que representa un 7,1% del total. El valor más bajo observado fue en agosto-octubre de 2020, con 480.206 personas, agregó el reporte.
De todos quienes laboran por turno, el 73,1% correspondió a hombres (452.008) y el 36,9% a mujeres (166.669). Si se compara con el conjunto de ocupados por sexo, los primeros son el 5,2%y las segundas el 1,9%.
La revisión de las cifras por sector económico muestra que este esquema se encuentra concentrado en las ramas de minería, actividades de salud, industria manufacturera y transporte, los cuales -por sus características productivas- requieren un funcionamiento continuo.
Coherente con lo anterior, las regiones que presentaron las mayores participaciones relativas de personas ocupadas con turnos fueron Antofagasta (24,2%), Atacama (20,4%) y Tarapacá (13,6%).
El total de horas trabajadas por los ocupados bajo sistema de turno, luego de aplicar los ajustes correspondientes -señala el INE-, tiene una distribución similar a la de horas habituales por los ocupados nocturno, permitiendo su homologación.
De todas formas, las personas ocupadas que declaran el deseo y la disponibilidad de trabajar horas adicionales representaron al 11,5% del total de la población ocupada. Segúnsexo, los hombres ocupados representaron al 12%, mientras que en las mujeres ocupadas al 10,8%.
Fuente: Diario Financiero, abril 25 de 2022