La Dirección del Trabajo, tal y como lo ha señalado en su reiterada jurisprudencia administrativa, estableció que no emite autorizaciones previas a empleadores para que implementen sistemas de control como el señalado y que solo en una fiscalización en terreno se podrá determinar si afecta o no derechos de los trabajadores. Asimismo, reiteró que dicha medida de control debe formar parte del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa.
Fuente: Dirección del Trabajo, mayo 02 de 2019