«La provisión de todos los implementos para poder desarrollar las funciones es de cargo del empleador», enfatizó la ministra.
Ayer, tras ser aprobado por ambas cámaras en el Congreso, el proyecto de teletrabajo quedó listo para convertirse en ley. Ante esto, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, calificó que «esto es una muy buena noticia».
«Lo estaban haciendo a través de impacto, que se acordaba empleador y trabajador, pero que no necesariamente quedaban garantizadas claramente cuáles eran los derechos y las obligaciones de las partes», agregó en entrevista con CNN.
Por lo mismo, afirmó que «con esta ley los derechos de los trabajadores que decidan voluntariamente desarrollar trabajo a distancia van a quedar absolutamente protegidos y resguardados».
Por su parte, la secretaria de Estado apuntó que «por motivos de la crisis, muchas de las personas que estaban haciendo trabajo a distancia se hacían la pregunta y tenían la pregunta: ¿De cargo de quién era el costo de los implementos para hacer este trabajo a distancia? ¿Quién debía ser el dueño del computador, quién tenía que pagar Internet, quién tenía que pagar los insumos?«.
Y explicó: «Hoy día, como era un acuerdo entre las parte, eso quedaba absolutamente al arbitrio de lo que se decidiera. Hoy día, con este proyecto de ley aprobado, queda claramente establecido que la provisión de todos los implementos para poder desarrollar las funciones es de cargo del empleador y por lo tanto, será él quien deba proveer Internet, computador, impresora y otro tipo de implementos que puedan ser necesarios«.
Al ser consultada sobre si esta obligación del empleador será permanente, la ministra manifestó que «la ley obviamente lo que regule es una situación que es permanente y vamos a tener que estar a cuál es la situación hoy día. Nosotros ya tenemos muchas personas que están haciendo trabajo a distancia, que están ellos usando sus propios equipos. Vamos a tener que ver la transición y a esto tenemos que aplicar sentido común».
«Obviamente si es de cargo del empleador los costos que va a poder asumir serán de manera rápida, pero a lo mejor, no va a poder proveer en el primer día los equipos tecnológicos para todas las personas que están desarrollando estas funciones. Vamos a tener que aplicar criterio y una transición», agregó.
¿Qué sucede con la jornada laboral al implementar teletrabajo?
Ante esto, la ministra Zaldívar afirmó que «actualmente, un trabajador que desarrollaba trabajo a distancia o teletrabajo estaba excluido de la jornada, esto quiere decir, que no existía una jornada específica en la cual debiera desarrollar sus funciones. Esta ley tiene dos novedades muy importantes».
Una de estas novedades es que «el trabajador que lo desee va a poder someterse a una jornada, es decir, a trabajar entre 9 de la mañana, contando la cantidad de horas que corresponda, hasta 5, 6 y media de la tarde, teniendo su descanso entre medio para la hora de almuerzo», recalcó.
Con respecto a la otra novedad de este proyecto, la ministra señaló que instaurarán el derecho de desconexión, el que tendrá como fin, el descanso garantizado del empleado.
«12 horas continuas que mi empleador no me podrá mandar ni correos electrónicos, ni me podrá hacer llamadas, ni me podrá dar instrucciones y yo solamente voy a tener la obligación de volver a conectarme al día siguiente, cuando hayan finalizado esas 12 horas de descanso», explicó Zaldívar.
Sobre cómo se regulará, la ministra señaló que «cada uno de estos contratos de trabajo a distancia va a tener que quedar establecido cuales van a ser las formas a través de las cuales yo voy a verificar, ya sea el cumplimiento de la jornada o el cumplimiento de las funciones por parte del trabajador«.
«El trabajador que desee acogerse a esta posibilidad de la desconexión de 12 horas, que es en el fondo cuando yo no tengo una jornada fija de trabajo porque quiero interrumpirla durante ella, va a tener que señalar cual es el periodo de desconexión, que puede ser distinto en cada caso«, agregó.
En relación a si el trabajador tiene que conectarse con un país de uso horario distinto, la ministra manifestó que «su horario de desconexión va a ser necesariamente alguno que para el resto de nosotros no nos va a parecer habitual y es por eso, que se va a dar el caso a caso».
¿Qué ocurre con los derechos de los trabajadores?
Con respecto a esto, la secretaria de Estado señaló que «no pierde ninguno de sus derechos y eso es muy relevante. Va a tener toda la remuneración garantizada tal como estaba pactada. La posibilidad de volver a su trabajo presencial, si es que así lo desea, va a tener los derechos de vacaciones igual que todos nosotros, va a tener los derechos al resto de beneficios que entregue la empresa».
Al ser consultada sobre si con el teletrabajo los bonos que se pactan con las empresas se pierden, la ministra fue enfática y añadió que, por ejemplo, «el bono de traslado, si no hay traslado, no es un bono que debiese ser considerado y por eso, es que entonces, que al momento de pactarlo se quede establecido cuáles son los derechos que corresponden. El transporte es algo que no va a hacer el trabajador, salvo que pacte una jornada parcial de trabajo a distancia«.
Accidentes en la casa
«Todos los derechos de seguridad y salud en el trabajo, que son obligaciones del empleador y que se deben resguardar en todos los lugares de trabajo, también él va a estar acogido a toda esta protección y por lo tanto, si llega a sufrir algún accidente durante su jornada de |trabajo en su domicilio, va a recibir absolutamente la misma cobertura por parte de su mutual u organismo administrador que si el accidente lo hubiese sufrido en la oficina estándar en la que antiguamente trabajaba», concluyó Zaldívar.
Fuente: Emol economía, marzo 24 de 2020