¿Qué cuerpo legal regula a los Comité Paritarios de Higiene y Seguridad?
El cuerpo legal que regula a los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad es el Decreto Supremo N° 54 “Aprueba Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad”, publicado el 21 de febrero de 1969.
¿Cómo se constituye un Comité Paritario – CPHS?
Un Comité Paritario de Higiene y Seguridad se constituye por 3 representes patronales y 3 representantes de los trabajadores y por cada miembro titular se designará, además, otro en carácter de suplente. (Art.3 del D.S.N°54).
¿Con cuántos integrantes puedo sesionar en una reunión del CPHS?
Un Comité Paritario puede sesionar con un representante patronal y un representante de los trabajadores. (Art. 17 del D.S. N° 54).
¿Cuáles son los requisitos para ser integrante del CPHS?
Los requisitos para los representantes de los trabajadores de un CPHS son:
- Tener más de 18 años de edad,
- Saber leer y escribir,
- Encontrarse trabajando en la respectiva empresa, faena, sucursal o agencia y haber pertenecido un año como mínimo.
- Acreditar haber asistido a un curso de orientación de prevención de riesgos profesionales dictado por el Servicio Nacional de Salud u otros organismos administradores del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; o prestar o haber prestado servicios en el Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales de la empresa, en tareas relacionadas con la prevención de riesgos profesionales por lo menos durante un año.
(Art. 10 del D.S. N° 54).
Fuente: AChS, octubre 03 de 2019