Líderes de diferentes gremios valoraron los anuncios realizados hoy por La Moneda y aseguraron que las medidas permitirán hacer frente a nuevas tendencias, no solo tecnológicas.
De manera positiva recibieron los grandes empresarios el proyecto firmado hoy por el Presidente Sebastián Piñera y que busca la flexibilización y adaptabilidad de la jornada laboral de los trabajadores. Todo, en el marco de la reforma laboral que está impulsando el Ejecutivo.
Así, tras el anuncio, el presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Alfonso Swett, destacó que «desde el sector empresarial nosotros siempre vamos a valorar un proyecto pro-trabajo, pro-trabajador, pro-familia, pro-inclusión y pro-futuro«.
En ese sentido, recalcó que «la cuarta revolución industrial va a tener vencedores y vencidos y tenemos muy claro que los vencedores en este tremendo desafío van a ser quienes entiendan que las ideologías que nos dividieron en el siglo pasado hoy día no van a poder aportarnos en esto«.
«El llamado a todos los actores sociales y políticos es a tener una mirada generosa y unida en torno a los desafíos que nos pone esta revolución con el futuro, nuestra familia y nuestra sociedad, y no dividirnos en defensa de nuestros propios intereses«, enfatizó el líder de la CPC.
Consultado por las críticas de la CUT, donde afirmar que la reforma de La Moneda contribuiría a la precarización laboral, Swett indicó: «Más que responder a las críticas de la CUT, yo entiendo sus preocupaciones, pero creo que hoy día, y es una invitación a la CUT, el llamado es a que nos sentemos a ver el proyecto, nos juntemos y trabajemos en equipo«.
Por su parte, el presidente de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa), Bernardo Larraín Matte, valoró el proyecto e hizo hincapié en que en él «no solo hablamos de flexibilidad y adaptabilidad, sino que también de inclusión y de cómo se regulan las plataformas digitales que son muy relevantes para el trabajo del futuro».
«Me parece una modernización necesaria que enfrenta con fuerza tendencias no solo tecnológicas, sino que también es muy coherente con las preferencias de las personas. Las personas quieren tener más opciones de jornadas, quieren poder trabajar desde la casa si es que el trabajo lo permite y la regulación debe permitir eso, no puede restringir las propias preferencias de las personas, así como las tecnologías que están llegando con fuerza están exigiéndolo«, destacó el empresario.
Consultado por si la reducción de la jornada mensual a 180 horas podría perjudicar el desarrollo del país, el líder de la Sofofa indicó que aún debe ver el detalle del proyecto, pero que «esto se da en un contexto de flexibilidad. Si fuera solo reducir la jornada, creo que sería equivocado, porque este no es un problema de menos trabajo, sino de generar mejores ambientes laborales y que eso generará saltos en productividad y satisfacción en las personas«.
Desde la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), Peter Hill, también valoró el proyecto y aseguró que se trata de una iniciativa que «responde a la realidad actual, ya que, tanto los trabajadores como las empresas, necesitan flexibilizar sus jornadas«.
Asimismo expresó que la flexibilización de la jornada de trabajo «permitirá el acceso al mercado formal del trabajo a personas que lo tenían impedido por las rigideces actuales», negando así que esta propuesta acarrearía una precarización del empleo.
La mirada sindical
Ante el proyecto, Segundo Steilen, presidente de la Unión Nacional de Trabajadores y en representación de la mesa de las centrales sindicales del mundo privado, dijo «no temer que los trabajadores salgan perjudicados» con la iniciativa. Lo anterior, porque «queremos influir en lo que vaya a salir de este texto«.
Así, frente a las críticas por una eventual precarización del trabajo, el líder sindical sostuvo: «Yo no creo que necesariamente todo lo que el gobierno quiera hacer sea precariedad. No quiero pensar eso. Los trabajadores chilenos están esperando hace rato que las condiciones en Chile mejoren y para es hay que sacarle una mirada ideológica a esto, sentarse a la mesa y poner las cosas como son, porque efectivamente tenemos varias dificultades».
Por otro lado, aseguró que «una de nuestras mayores preocupaciones, y que plantearemos cuando nos sentemos a la mesa porque no lo escuchamos hoy, es la informalidad laboral. Cuando uno pretende mejorar pensiones, mejorar fondos, todo eso, qué va a mejorar leyes si la gente está trabajando informalmente«.
Fuente: Emol economía, mayo 02 de 2019
El Presidente Sebastián Piñera aseguró que las medidas no precarizan el mercado laboral.
El proyecto de modernización laboral, anunciado este jueves por el Presidente Sebastián Piñera, considera tres ejes, que buscan dar una mayor flexibilidad y libertad a los trabajadores.
A continuación las claves de la iniciativa, que fue dada a conocer en el Palacio de La Moneda, en presencia de parlamentarios, empresarios, dirigentes sindicales, deportistas y adultos mayores, entre otras personas.
Por ahora, se desconoce la fecha que será enviado el proyecto al Congreso y por qué cámara lo hará.
I EJE: Jornadas laborales adaptables
- a) Jornada mensual de 180 horas a nivel individual: Pactar, alternativamente, a la jornada ordinaria de 45 horas semanales, una de 180 horas mensuales que podrá ser distribuida en forma diferente cada semana. Dicho tipo de jornada actualmente solo existe para los transportistas y tripulantes de vuelo y cabina.
- b) Jornada semanal distribuida en no menos de 4 días ni más de 6: Se propone establecer, como regla general, que la jornada ordinaria sea semanal o mensual, se distribuya en no menos de 4 ni más de 6 días. Así, por ejemplo, los trabajadores podrían prestar servicios de lunes a jueves, y descansar viernes, sábado y domingo.
- c) Jornadas semestrales y anuales pactadas a nivel colectivo: Se propone establecer pactos de jornadas semestrales o anuales, los que deberán acordarse con los sindicatos, o en caso de no existir estos al interior de la empresa, por la mayoría absoluta de los trabajadores a quienes les será aplicable. Dichos pactos tendrían por finalidad adecuarse a las necesidades particulares de trabajadores y empleadores, como, por ejemplo, el caso de los adultos mayores que deseen trabajar más durante los meses de verano y menos en los meses de invierno; o los trabajadores que se desempeñan en labores estacionales; entre otros.
- d) Bolsa de horas extraordinarias: La normativa actual permite pactar un máximo de 12 horas extraordinarias a la semana, pudiendo trabajar únicamente 2 de ellas cada día. Se plantea establecer bolsas de horas extraordinarias, semanales o mensuales, según sea la jornada elegida por cada trabajador, en que el límite estará dado por la semana o el mes y no por el día como es en la actualidad.
- e) Compensación de horas extraordinarias con días adicionales de vacaciones: Se establece la posibilidad de que el trabajador opte porque se le compensen algunas horas extraordinarias por más vacaciones. La medida permite que el trabajador elija si las horas extraordinarias se le pagan con recargo o se le compensan con vacaciones, especificando que, en el caso de la opción por vacaciones, pueda tener hasta 5 días de feriado anual adicional, lo cual tiene un impacto significativo y directo en el mejoramiento de la convivencia familiar y el bienestar para el trabajador y su calidad de vida.
- f) Convenir alternativas de horario de inicio y término de jornada: Se propone que sean las partes las que pacten «bloques horarios» para el ingreso y salida de su trabajo, de manera que las personas puedan acomodarse a sus propios horarios y necesidades.
- g) Anticipar o postergar la recuperación de horas de permiso autorizado: Con la finalidad de normalizar una práctica común en el uso de permisos para trámites personales (actos y entrevistas en los colegios, consultas médicas y otros) durante la jornada laboral, se ampliará el plazo para compensar un permiso con goce de remuneración dentro de los 60 días anteriores o posteriores a la fecha en la que se utilizó dicho permiso. Hoy se compensa en la misma semana o, de lo contrario, se descuenta de la remuneración.
- h) Disminuir el tiempo de colación para adelantar el horario de salida: En la medida en que el tiempo de colación sea superior al mínimo legal de 30 minutos, el trabajador podrá solicitar al empleador su rebaja en el remanente del tiempo mínimo -hasta en una hora al día- para adelantar la salida del trabajo.
- i) Adaptar la jornada de trabajo en períodos de vacaciones familiares: Se propone que las partes puedan pactar, durante los períodos de vacaciones familiares, distintas del feriado legal, la prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo a distancia o que se reduzca su jornada laboral diaria. En este caso, las partes deberán establecer las condiciones económicas asociadas a dicha rebaja horaria, que en ningún caso podrá ser inferior a la que proporcionalmente corresponda según el número de horas trabajadas.
- Incorporar la posibilidad de pactar un sistema excepcional de distribución de jornada: Se propone que sean las partes -cumpliendo con ciertos quórums y requisitos mínimos- quienes directamente puedan acordar este tipo de jornadas.
- Cambiar 2 domingos de descanso al mes por 12 al semestre: En nuestro país los días domingos y festivos son de descanso. Sin embargo, el artículo 38 del Código del Trabajo establece ciertas excepciones, como, por ejemplo, el comercio y aquellas empresas que requieren de continuidad en sus procesos. En ambos casos se debe otorgar a los trabajadores, a lo menos, dos domingos de descanso al mes.
- Suspensión del contrato de trabajo: Si bien actualmente las partes pueden suspender el contrato de trabajo, esto no se encuentra regulado en la ley. Con esta propuesta, serán las partes quienes definirán las condiciones de dicha suspensión, constituyendo una medida importante de adaptabilidad para el trabajador, puesto que podrá acordar con el empleador poner «pausa» a su relación laboral y, de esta forma, dedicar, por ejemplo, un período de tiempo a otros intereses y necesidades, sin que esto signifique la pérdida de su fuente laboral.
II EJE: Nuevas normas para nuevos empleos
- Contrato de formalización: A través de este contrato se busca promover la formalización del trabajo en eventos extraordinarios, ocasionales o no permanentes, pero que igualmente, en ciertas ocasiones dadas sus características, constituyen relación laboral. Este contrato está pensado para personas que trabajan sólo algunos días al mes para eventos específicos y son convocados sin mayor anticipación.
- Regulación de las economías de plataforma: Los servicios prestados por personas naturales a través de plataformas digitales de intermediación no darán origen a una relación laboral, en la medida en que no existan los elementos propios de este tipo de vínculo. No obstante, los prestadores de dichos servicios estarán obligados a emitir boletas de honorarios, asegurándose de acceder a protección social.
III EJE: Mundo laboral inclusivo
- Protección a nuestros niños: Relacionado con la capacidad para contratar a niños, niñas y adolescentes, esta propuesta se inspira en tres instrumentos internacionales: Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, Convenio 138 de OIT relativo a la edad mínima de admisión al empleo, y el Convenio 182 de OIT relativo a peores formas de trabajo infantil.
- Subsidio para el empleo de la personas privadas de libertad: Se establece que aquellos que hayan cumplido condena por crimen o simple delito, se encuentren cumpliéndola con el beneficio de libertad condicional o con alguna pena sustitutiva, tendrán derecho a un subsidio especial de contratación, por un periodo de hasta tres años contados desde que han concluido su condena, obtenido la libertad condicional o desde que se encuentren cumpliendo alguna pena sustitutiva.
- Normas que perfeccionan la ley de inclusión: El objeto de estas propuestas es establecer incentivos y adecuaciones que faciliten la incorporación de personas con discapacidad al mercado laboral.
- Políticas de género y medidas en pos de la inclusión femenina: Estas propuestas apuntan a fortalecer el rol de la mujer en el mundo del trabajo.
- Normas para reforzar la prevención, fiscalización y sanción del acoso laboral y sexual: Esta propuesta busca reforzar la normativa en materia de acoso sexual y laboral.
- Permiso especial para nivelación de estudios: Esta propuesta busca otorgar facilidades para que los trabajadores que, por diversos motivos, no hayan terminado su enseñanza básica o media, puedan finalizar sus estudios escolares. Se propone que los trabajadores mayores de edad que no hayan completado la enseñanza básica o media y cuenten con una antigüedad de más de un año en la empresa, tengan derecho a un permiso para ausentarse de su trabajo por un máximo de dos horas a la semana y así asistir a cursos de nivelación de estudios.
- Ampliación legal de la edad para acceder a los programas Sence: Esta iniciativa busca abrir las puertas de la capacitación a todo trabajador interesado en aprender y perfeccionarse, sin importar su edad. Así, se propone señalar de forma expresa en la ley que los cursos de capacitación proporcionados por el Sence no puedan establecer discriminaciones arbitrarias en sus bases de postulación, especialmente en cuanto al tope máximo de edad de los postulantes.
Fuente: Emol economía, mayo 02 de 2019
Piñera propone pactar semana laboral de cuatro días y afirma que no se busca «precarizar el trabajo»
Proyecto del ejecutivo propone una jornada mensual de 180 horas que podrá ser distribuida de forma diferente cada semana.
«Nada de lo que está contenido en este proyecto se hace para precarizar los derechos de trabajadores, que es la reacción automática, inmediata e irreflexiva frente a cualquier intento de modernizar nuestra legislación laboral», afirmó esta mañana en La Moneda el Presidente Sebastián Piñera, al dar a conocer el proyecto de ley de modernización laboral.
El mandatario defendió la posibilidad de flexibilizar la jornada laboral y pactarla entre trabajadores y empleadores hasta en cuatro días presenciales y el resto con trabajo a distancia.
Sostuvo que no son adecuados los temores a la segunda legislación que forma parte de la reforma laboral que impulsa la actual administración.
«Todo lo contrario. Este proyecto de ley lo que busca es fortalecer los derechos de los trabajadores, ampliar sus ámbitos de libertad y permitir una mejor incorporación al mundo del trabajo y una mejor compatibilización de ese mundo con otros tan importantes, como el mundo de la familia, la recreación, la cultura, los amigos, etc».
Algunos de los aspectos del proyecto firmado hoy por el Presidente y los ministros de Hacienda, Felipe Larraín y del Trabajo, Nicolás Monckeberg, son: conciliar el trabajo y la familia con nuevas normas que permitan a las personas adaptar sus trabajos a sus necesidades para una mejor calidad de vida.
Se propone una jornada mensual de 180 horas que podrá ser distribuida de forma diferente cada semana; en no menos de 4 días ni más de 6. Una persona podrá convenir con su empleador descansar viernes, sábado y domingo. Se regularizará la protección social de quienes prestan servicios en plataformas digitales y de intermediación; y se impondrán normas más rigurosas para reforzar la prevención, fiscalización y sanción del acoso laboral y sexual.
El proyecto busca, además, regularizar el trabajo en eventos extraordinarios, ocasionales o no permanentes, pero que constituyen relación laboral; promueve la formalización de los servicios prestados por personas a través de plataformas digitales de intermediación, asegurándose el acceso a protección social; e impulsa normas que perfeccionan la ley de inclusión con el reconocimiento de estudios a personas con discapacidad y un esquema más estricto de mayores por el incumplimiento de la ley.
En la oportunidad Piñera también solicitó al parlamento aprobar la idea de legislar del proyecto de reforma de pensiones que se discutirá la próxima semana en la Cámara de Diputados, sostuvo que se trata de una norma que va a mejorar las pensiones de muchos chilenos que no pueden seguir esperando por esta situación.
Fuente: Diario Financiero, mayo 02 de 2019
El Presidente Sebastián Piñera firmó este jueves para su envío al Congreso el proyecto de modernización laboral para la conciliación del trabajo, la familia y la inclusión.
El Presidente Sebastián Piñera firmó este jueves el proyecto de ley de modernización laboral para la conciliación del trabajo, la familia y la inclusión, iniciativa que permite acordar jornadas de trabajo adaptables a las distintas realidades y necesidades de los trabajadores.
La regla general de la actual regulación del Código del Trabajo dicta que la jornada no puede exceder de 45 horas semanales, ni distribuirse en más de 6 ni menos de 5 días. Las excepciones son las jornadas excepcionales, como las aplicadas en el sector minero (requieren de autorización de la Dirección del Trabajo), y los pactos de adaptabilidad (solo pueden ser acordados con sindicatos).
En razón de lo anterior es que se proponen las siguientes modificaciones:
Jornada mensual de 180 horas a nivel individual: El proyecto permite pactar, alternativamente, a la jornada ordinaria de 45 horas semanales, una de 180 horas mensuales que podrá ser distribuida en forma diferente cada semana. Dicho tipo de jornada actualmente solo existe para los transportistas y tripulantes de vuelo y cabina.
Jornada semanal distribuida en no menos de 4 días ni más de 6: Se propone establecer, como regla general, que la jornada ordinaria sea semanal o mensual, se distribuya en no menos de 4 ni más de 6 días. Así, por ejemplo, los trabajadores podrían prestar servicios de lunes a jueves, y descansar viernes, sábado y domingo.
Jornadas semestrales y anuales pactadas a nivel colectivo: Se propone establecer pactos de jornadas semestrales o anuales, los que deberán acordarse con los sindicatos, o en caso de no existir estos al interior de la empresa, por la mayoría absoluta de los trabajadores a quienes les será aplicable. Dichos pactos tendrían por finalidad adecuarse a las necesidades particulares de trabajadores y empleadores, como, por ejemplo, el caso de los adultos mayores que deseen trabajar más durante los meses de verano y menos en los meses de invierno; o los trabajadores que se desempeñan en labores estacionales; o el caso de los padres que prefieran distribuir su jornada anual/semestral, de manera de tener mayor tiempo disponible durante las vacaciones escolares de sus hijos.
Bolsa de horas extraordinarias: La normativa actual permite pactar un máximo de 12 horas extraordinarias a la semana, pudiendo trabajar únicamente 2 de ellas cada día. Se plantea establecer bolsas de horas extraordinarias, semanales o mensuales, según sea la jornada elegida por cada trabajador, en que el límite estará dado por la semana o el mes y no por el día como es en la actualidad.
Compensación de horas extraordinarias con días adicionales de vacaciones: Se establece la posibilidad de que el trabajador opte porque se le compensen algunas horas extraordinarias por más vacaciones. La medida permite que el trabajador elija si las horas extraordinarias se le pagan con recargo o se le compensan con vacaciones, especificando que, en el caso de la opción por vacaciones, pueda tener hasta 5 días de feriado anual adicional, lo cual tiene un impacto significativo y directo en el mejoramiento de la convivencia familiar y el bienestar para el trabajador y su calidad de vida.
Convenir alternativas de horario de inicio y término de jornada: Se propone que sean las partes las que pacten “bloques horarios” para el ingreso y salida de su trabajo, de manera que las personas puedan acomodarse a sus propios horarios y necesidades.
Anticipar o postergar la recuperación de horas de permiso autorizado: Con la finalidad de normalizar una práctica común en el uso de permisos para trámites personales (actos y entrevistas en los colegios, consultas médicas y otros) durante la jornada laboral, se ampliará el plazo para compensar un permiso con goce de remuneración dentro de los 60 días anteriores o posteriores a la fecha en la que se utilizó dicho permiso. Hoy se compensa en la misma semana o, de lo contrario, se descuenta de la remuneración.
Disminuir el tiempo de colación para adelantar el horario de salida: En la medida en que el tiempo de colación sea superior al mínimo legal de 30 minutos, el trabajador podrá solicitar al empleador su rebaja en el remanente del tiempo mínimo -hasta en una hora al día- para adelantar la salida del trabajo.
Otras medidas
Además el proyecto se hace cargo de los desafíos tecnológicos y la automatización del sigo XXI. La iniciativa establece que este cambio debe estar acompañado de la formalización de servicios que actualmente se realizan de manera informal, sin protección y en condiciones de precariedad tanto laboral como social.
Con el objeto de fomentar un mercado laboral más inclusivo y que considere el respeto y dignidad de las personas, se establecen una serie de medidas destinadas a promover la participación femenina en el mercado del trabajo, así como también facilitar la participación de los adultos mayores y personas con discapacidad.
Asimismo, se proponen una serie de medidas destinadas a permitir y promover la capacitación de adultos mayores, facilitar el acceso a la enseñanza básica y media a aquellos trabajadores que no tuvieron la oportunidad de completar la educación escolar e incentivar la reinserción de personas que estuvieron privadas de libertad. De igual forma se fortalece la regulación del acoso laboral y sexual para resguardar de mejor manera a los trabajadores, así como también, la normativa relativa al trabajo infantil y adolescente, de manera de proteger a los niños, niñas y adolescentes.
En cuanto a la capacidad para contratar a niños, niñas y adolescentes, la propuesta se inspira en tres instrumentos internacionales: Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, Convenio 138 de OIT relativo a la edad mínima de admisión al empleo, y el Convenio 182 de OIT relativo a peores formas de trabajo infantil.
El proyecto busca alinear los conceptos utilizados en nuestra normativa a aquellos utilizados por la OIT. Es decir, en vez de hablarse de menores de edad, se hace referencia a niños, niñas y adolescentes. Asimismo se fortalecen las acciones relacionadas a la erradicación del trabajo infantil y adolescente protegido, aumentando las multas asociadas al trabajo infantil, las cuales actualmente se rigen por las normas generales contenidas en el Código del Trabajo y no distinguen mayormente entre trabajo infantil y trabajo adolescente protegido.
La propuesta implica diferenciar las multas según si se trata de trabajo infantil, participación de adolescentes en actividades consideras peligrosas o incumplimiento de los requisitos asociados al trabajo de adolescentes, así como también aumentar el monto de las mismas.
Si bien se mantiene el máximo semanal de 30 horas para la jornada laboral de los adolescentes, se reduce la jornada diaria en período escolar de 8 a 6 horas diarias, de manera de ajustarse a la regulación internacional e impulsar que los adolescentes que trabajan terminen sus estudios.
Además se establece que aquellos que hayan cumplido condena por crimen o simple delito, se encuentren cumpliéndola con el beneficio de libertad condicional o con alguna pena sustitutiva, tendrán derecho a un subsidio especial de contratación, por un periodo de hasta tres años contados desde que han concluido su condena, obtenido la libertad condicional o desde que se encuentren cumpliendo alguna pena sustitutiva.
La propuesta busca otorgar facilidades para que los trabajadores que, por diversos motivos, no hayan terminado su enseñanza básica o media, puedan finalizar sus estudios escolares. Se propone que los trabajadores mayores de edad que no hayan completado la enseñanza básica o media y cuenten con una antigüedad de más de un año en la empresa, tengan derecho a un permiso para ausentarse de su trabajo por un máximo de dos horas a la semana y así asistir a cursos de nivelación de estudios.
La iniciativa busca también abrir las puertas de la capacitación a todo trabajador interesado en aprender y perfeccionarse, sin importar su edad. Así, se propone señalar de forma expresa en la ley que los cursos de capacitación proporcionados por el Sence no puedan establecer discriminaciones arbitrarias en sus bases de postulación, especialmente en cuanto al tope máximo de edad de los postulantes.
Fuente : El Pulso – La Tercera, mayo 02 de 2019
El ministro de Hacienda Felipe Larraín participó también esta mañana en la firma del proyecto de Reforma Laboral realizado en el Palacio de La Moneda, encabezado por el presidente Sebastián Piñera, y que en sus líneas generales propone entre otras medidas, profundizar la adaptabilidad pactada de la jornada laboral.
Sobre el punto, el jefe de las finanzas públicas señaló que con el proyecto “nos estamos preparando para los desafíos del siglo XXI. Aquí, respetando los derechos de los trabajadores, ¿qué queremos hacer? Que los trabajadores de Chile tengan más oportunidades”.
Explicó que “nada de esto se puede imponer: los trabajadores pueden permanecer en su jornada actual si lo desean, pero también tener una oportunidad con jornadas más flexibles, desplazando horas de trabajo a algunos días para poder salir antes el viernes, para, por ejemplo, no trabajar el viernes, tener esa opción, para poder acumular horas extraordinarias para períodos de vacaciones”.
En esa línea, subrayó que “estamos tratando de hacer el responder el desafío que nos lleva el avance tecnológico y que está amenazando numerosos trabajos y es por eso que es importante como elemento para que la economía chilena pueda adaptarse, para que los trabajadores chilenos puedan aprovechar las enormes oportunidades del cambio tecnológico y poder tener mayor adaptabilidad”.
Respecto de los recursos fiscales involucrados que se detallarán en el Informe Financiero que acompañará a la iniciativa cuando ingrese a tramitación, detalló que “el costo fiscal de este proyecto no es tan significativo desde el punto de vista de los recursos fiscales pero sí existe, son $1.200 millones por año que tiene que ver con la extensión del subsidio al empleo joven”.
Sobre el impacto en la creación de empleo, Larraín sostuvo que se están analizando cálculos preliminares que se darán a conocer próximamente.
Fuente: La Tercera
El subsecretario del Trabajo recordó que aquellas empresas que no respeten la normativa se exponen a multas que llegan a casi $3 millones.
El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, y el director del Trabajo, Mauricio Peñaloza, junto a la Seremi Metropolitana, Paola Vidal, informaron sobre el horario de funcionamiento del comercio durante el feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de Mayo.
Así, ad portas del día en cuestión, señalaron que las empresas que no respeten la normativa se exponen a multas que van desde los $242 mil a casi los $3 millones.
En ese sentido, informaron que los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a más tardar a las 21:00 horas del martes 30 de abril y hasta las 06:00 horas del jueves 2 de mayo.
«Si se encuentran trabajadores laborando durante ese lapso, la Dirección del Trabajo debe suspender y cursar la multa correspondiente» dijo Arab.
En el caso del comercio que mantenga trabajadores laborando después de las 21 horas del martes 30 de abril y hasta las 06:00 del día jueves 2 de mayo (salvo que los dependientes laboren en turnos rotativos de trabajo) las multas van desde 10 UTM ($485.950) hasta 60 UTM ($2.915.700) por empresa.
En caso de no conceder este feriado obligatorio e irrenunciable, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($242.975 al mes de mayo de 2019) hasta 20 UTM ($971.900) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.
Así, los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.
Los que sí pueden trabajar
Es importante señalar que los locales comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relación laboral en este caso.
La excepción aplica para aquellos dependientes que laboren en turnos rotativos de trabajo, caso en el cual estos podrían prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del día 30 de abril o entre 00:00 y las 06:00 del día 2 de mayo.
Son considerados como trabajadores del comercio todos aquellos que laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directa al público de las mercaderías o productos que en ellos se ofrecen.
Se exceptúan del feriado irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempeñan en: clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. También deben trabajar los dependientes de las llamadas «tiendas de conveniencia» adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.
Fuente: Emol economía, abril 30 de 2019
De acuerdo a la información recogida por la Encuesta Nacional de Empleo (ENE), que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la tasa de desocupación nacional fue 6,9% en el trimestre móvil enero-marzo 2019 y no registró variación respecto a igual período del año anterior. Este resultado se debió al incremento de 1,1% de la fuerza de trabajo, que fue levemente inferior a la variación de los ocupados (1,2%).
En la estimación puntual del total de ocupados, incidieron hombres y mujeres con ascensos de 1,2% y 1,1%, respectivamente. Según tramo etario, los segmentos que más subieron fueron el de 25-49 años (2,2%) y el de 65 y más años (6,0%).
Según sector económico, la expansión de los ocupados fue impulsada por actividades de salud (8,2%), enseñanza (4,6%) y otras actividades de servicios (8,9%), mientras que por categoría ocupacional incidieron, mayoritariamente, los asalariados formales (2,6%) y los trabajadores por cuenta propia (3,2%). La tasa de ocupación informal fue 28,6%, descendiendo 0,5 pp. en doce meses. En igual período, los ocupados informales disminuyeron 0,7% incididos, principalmente, por los asalariados informales (-6,8%).
En tanto, la tasa de desocupación desestacionalizada se redujo 0,1 pp., respecto al trimestre móvil anterior, situándose en 6,8%.
La tasa de participación llegó a 59,5% y la tasa de ocupación se situó en 55,4%. Ambos indicadores decrecieron 0,4 pp. respecto a igual período del año anterior.
Informalidad laboral
En doce meses, los ocupados informales se contrajeron 0,7%, correspondiente a 16.188 personas, incididos en mayor magnitud por las mujeres (-1,0%). Según sector económico, la disminución se debió principalmente a las bajas en construcción (-5,6%) y agricultura y pesca (-3,1%). Por categoría ocupacional, el retroceso de los ocupados informales se explicó por los descensos de asalariados privados (-7,3%), familiar no remunerado (-11,8%), asalariados públicos (-2,8%) y empleadores (-4,4%). Por su parte, trabajadores por cuenta propia (4,3%) y personal de servicio doméstico (9,7%) anotaron las únicas alzas.
La tasa de ocupación informal registró una disminución de 0,5 pp., alcanzando 28,6%. En tanto, las tasas de ocupación informal femenina y masculina, consignaron 29,8% y 27,7%, decreciendo 0,7 pp. y 0,4 pp., respectivamente.
Tasa de presión laboral
En doce meses, se registraron incrementos de los iniciadores disponibles1 (9,4%), los desocupados (0,3%) y los ocupados que buscan empleo (0,4%), lo que implicó que la tasa de presión laboral alcanzara 12,8%, descendiendo 0,1 pp.
El alza de los ocupados que buscan empleo se debió, exclusivamente, a los trabajadores por cuenta propia. Según sector, influyeron industria manufacturera y comercio. Entre las razones para buscar trabajo que más se destacó fue “para mejorar sus condiciones de trabajo”. La tasa de presión laboral masculina fue 12,4%, y no registró variación anual, mientras que la femenina se situó en 13,5%, reduciéndose 0,1 pp.
Fuente: Diario Estrategia, abril 30 de 2019
El compromiso de Chile con la inversión extranjera directa (IED) es total, una muestra es la agenda de simplificación regulatoria promovida por las autoridades, esta busca derogar normas ya obsoletas aliviando la carga administrativa jurídica de chilenos e inversores foráneos.
Un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), sitúa a Chile como uno de los con mayores dificultades funcionarias para formalizar los procedimientos establecidos al momento de poner en marcha un proyecto de inversión, algo insólito si nos atenemos a la alto número de inversiones establecidas en el país en los últimos cuarenta años.
Hace ahora casi un año que el Ministerio de Economía chileno creó la Oficina de Gestión de Proyectos Sustentables (GPS), entre sus cometidos asisten a los impulsores de iniciativas inversoras a lo largo de la formalización de los requerimientos exigidos en las diversas instancias, actuando a modo de coordinador entre los promotores y las oficinas evaluadoras.
La propia OCDE se encarga de recordar que si Chile situara sus requisitos normativos a la altura de las naciones más desarrolladas, estiman que la IED crecería por encima del 40%, significando más puestos de trabajo y mejores retribuciones.
Al día de hoy existen registrados en GPS 253 emprendimientos en fase de tramitación por un monto de 71.680 millones de dólares que crearían más de 80 mil empleos de calidad.
A modo de ejemplo aquí van algunas situaciones. Minería. Conocedores de la situación hablan de más de 2.000 regulaciones susceptibles de ser empleadas en este ramo. Agregan la exigencia de 270 permisos sectoriales y 113 clases de obras, instalaciones y actividades que pueden identificarse en una mina. Estiman el tiempo destinado a las aprobaciones preceptivas en casi el doble de otros enclaves mineros como Canadá o Australia.
Sigamos. En el área de infraestructuras las aprobaciones según expertos en estas materias pueden alcanzar las 180. Sugieren perfeccionar las diligencias y disminuir el número de visados. Se sugiere centralizar algunos. Los hay ambientales hasta los demandados para usar una vía pública. Cumplir con todo puede llegar a los 4,5 años lo cual impacta de lleno en el comienzo previsto con los costos que esto acarrea.
Inmobiliario. En el caso de las construcciones de viviendas los permisos pueden llegar a sumar 130. Los permisos de edificación están tomando períodos más largos a causa de cuestionamientos de los que ha sido objeto el propio sector, de ahí la cautela observada en el área pública. Los permisos de edificación, otorgados por las direcciones de obras municipales (DOM), el tiempo real promedio es de 76 días, casi el doble que el rango de entre 15-30 legal. Proponen ir hacia la digitalización, tal como se hace en ciudades más avanzadas que otorgan las anuencias en forma electrónica.
Otra anomalía mencionada es el aumento de los plazos de las diligencias a cumplir en contraposición con lo establecido en el reglamento correspondiente. Esto es constatable en la resolución de calificación ambiental a cargo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), la tardanza hasta 600 días, siendo de 120 el apuntado en la ley, es decir, cuatro veces más.
El responsable de la Oficina GPS, informó en el seminario «Inversión, Productividad y Economía del Futuro» organizado por Icare y la cartera de Economía, «hoy en día los proyectos de inversión no se demoran menos de 5 años en tramitarse y los inversionistas muchas veces tienen que hacer más de 1.700 tramites en 20 instituciones gubernamental distintas».
De ahí las palabras del Presidente de Chile al presentar la agenda de simplificación regulatoria, «hemos decidido limpiar, simplificar y achicar la verdadera maraña de normas, regulaciones y disposiciones que afectan prácticamente todos los ámbitos del quehacer humano», dijo.
Además, se crea un plan de revisión y derogación, que cada 4 años debe examinar las leyes vigentes, para adecuarlas o para proponer su derogación al Congreso Nacional, y esto con la colaboración de varios Ministerios. Finalmente, se propone que al momento de legislar nuevas normativas, los responsables evalúen los impactos económicos, sociales y ambientales, que afecten a una pronta ejecución de las proposiciones recibidas.
Fuente: www.wolfypablo.com, abril 29 de 2019
La Ley 16.744 establece, entre otras cosas, qué debe hacer una persona cuando tiene un accidente de trayecto, ya sea camino al trabajo o de regreso a su hogar.
De acuerdo a la Ley 16.744, un accidente de trabajo será clasificado como “de trayecto” si este ocurre exclusivamente durante los traslados desde la habitación del trabajador y el lugar donde desempeña sus funciones.
También se incluyen los desplazamientos entre diferentes lugares de trabajo, aun si son de empleadores distintos. Los únicos casos que no entran en esta definición son aquellos accidentes en los que el trabajador se desvía de la ruta habitual que une su domicilio y el lugar de trabajo.
¿Qué hacer en caso de accidente de trayecto?
Según la gravedad del accidente, hay distintas acciones que debes considerar. Lo principal es comunicar a tu empleador lo antes posible para que se active la cobertura de salud asociada a este tipo de eventos.
Si sufres un accidente de trayecto leve:
- Avisa de inmediato a tu empleador.
- Si no necesitas de una ambulancia para tu traslado, dirígete al centro de atención ACHS más cercano a tu lugar de trabajo.
- En el centro de atención deberás presentar tu cédula de identidad junto a la Declaración Individual de Accidente (DIAT) firmada por tu empleador. Este documento lo podrás encontrar en nuestra web o lo puedes solicitar en los centros de atención ACHS.
- Podrás acceder a una atención médica oportuna, donde se te indicará el tratamiento a seguir.
Si sufres un accidente de trayecto grave:
- Se debe dar aviso de inmediato a tu empleador.
- Si necesitas ser trasladado en ambulancia, llama o pide que se comuniquen con URGENCIA AMBULANCIA al 1404 o al 800 800 1404 desde cualquier punto del país.
- En el centro de atención deberás presentar tu cédula de identidad junto a la Declaración Individual de Accidente (DIAT). Este documento lo podrás encontrar en nuestra web o lo puedes solicitar en los centros de atención ACHS
- En caso de urgencia, tu empleador podrá enviar la declaración del accidente antes que pasen 24 horas desde que es notificado del hecho.
- En el centro de atención ACHS tendrás acceso a una atención médica oportuna, donde se te indicará el tratamiento a seguir.
Sin importar la gravedad del accidente, deberás presentar medios de prueba que ayuden a acreditar que el incidente tuvo lugar en el trayecto de ida o regreso al trabajo u hogar. Estas evidencias pueden ser:
- Certificados de atención del servicio de urgencia al que concurriste.
- Declaraciones de testigos.
- Partes de Carabineros.
En el caso de no contar con estos medios probatorios, tu declaración podrá ser válida sólo si permite establecer el lugar, junto con las circunstancias y consecuencias que tuvo el accidente (lesiones y lugares del cuerpo en las que se encuentran).
Todos estos antecedentes deben ser entregados en el centro ACHS donde recibiste la atención. Con esa información se evaluará el incidente y se determinará si corresponde a un accidente de trayecto, o si las lesiones son de hechos anteriores.
Para conocer la resolución, deberás contactar telefónicamente al centro ACHS donde se entregaron los antecedentes.
Si se acoge el accidente como de trayecto, podrás acceder a todas las prestaciones que contempla la Ley 16.744. En caso contrario, serás derivado a tu sistema previsional de salud donde deberás continuar tu tratamiento.
Cuando un accidente no es reconocido como de trayecto, el trabajador tendrá un máximo de 90 días, desde conocida la resolución, para apelar frente a la Superintendencia de Seguridad Social a través de una carta.
Fuente: Página WEB – ACHS, abril 29 de 2019
En la previa del 1 de mayo, Bárbara Figueroa se refirió a la situación laboral en el país, el proyecto de adaptabilidad del gobierno y la tasa de sindicalización que en 2018 llegó a 20,6%.
De cara a la conmemoración del Día del Trabajador, la presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores, Bárbara Figueroa, señaló que en el país no se valora el rol del sindicato y abordó la situación laboral en el país.
En conversación con radio Cooperativa, Figueroa dijo que en 2018, la tasa de sindicalización llegó a 20,6%, cifra que no refleja uno de los objetivos de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Michelle Bachelet.
“Miremos con perspectiva el debate, esto no es Finlandia ni Suecia, en Chile no se valora el rol del sindicato, la Dirección del Trabajo juega a favor de los empleadores”, indicó.
Sobre la conmemoración de 1 de mayo Figueroa dijo que “todos los años se da espacio para el recuerdo respecto del rol que juegan los trabajadores en el desarrollo de los países y la importancia de la dignidad del trabajo en el crecimiento sostenible y el desarrollo de personas”.
“Esto ha significado la lucha para obtener derechos, un elemento que ha estado ausente del debate en un tiempo donde resulta extraño cuando hemos visto cierre de empresas y aumento del desempleo” apuntó la presidenta de la CUT.
Figueroa sostuvo que en el país, “estamos enfrentados a empleos de mala calidad, lo que es preocupante, porque es la tendencia mundial”.
Sobre el proyecto de adaptabilidad laboral que impulsa el gobierno, la presidenta de la CUT planteó que “hay que conocer el proyecto, no nos hacemos juicio antes de conocer la iniciativa. No se trata de colegislar, nadie hubiera presentido que el gobierno nos viniera a preguntar, hubiese sido saludable que no nos enteráramos por la prensa, que se nos hubiesen dado a conocer las intenciones del gobierno”.
Fuente: soychile.cl – https://www.soychile.cl/Santiago/Sociedad/2019/04/29/593055/Presidenta-de-la-CUT-La-Direccion-del-Trabajo-juega-a-favor-de-los-empleadores.aspx, abril 29 de 2019