Recientemente, la Corte de Apelaciones de Santiago se pronunció sobre las cláusulas tácitas en los contratos de trabajo y, específicamente, sobre los requisitos para que éstas operen.
De acuerdo a lo explicado por el equipo abogados de Parraguez & Marin, las cláusulas tácticas corresponden a «aquellas que se derivan de la reiteración del pago de determinados beneficios, o de prácticas relativas a funciones, jornadas, etc., que, si bien no fueron contempladas en las estipulaciones escritas, han sido constantemente aplicadas por las partes durante un lapso prolongado, con la aceptación diaria o periódica de las mismas, configurando así un consentimiento tácito entre ellas».
Según explicaron desde el estudio de abogados, para que exista una cláusula tácita se deben cumplir los siguientes requisitos:
– Reiteración en el tiempo de una determinada práctica de trabajo que otorgue, modifique o extinga algún beneficio, regalía o derecho de la relación laboral;
– Voluntad de las partes, esto es, que de su comportamiento se desprenda de manera inequívoca que tenían conocimiento cabal de la modificación del contrato que se estaba produciendo, así como de haber prestado su aceptación tácita a la modificación;
– Esta modificación no puede referirse a materias de orden público ni a casos en que el legislador ha exigido que las modificaciones al contrato se estipulen de manera expresa.
En concreto, sobre el tema la Corte de Apelaciones estableció que, para la procedencia de una
cláusula tácita de cambio de funciones, no basta sólo con el cambio de funciones de los trabajadores, sino que, también debe haberse expresado una voluntad en ese sentido y que
ese cambio de labores sea permanente.
Para arribar a tal conclusión, consideró que, para configurar la cláusula tácita, se deben presentar copulativamente no sólo una mera expectativa de que algunos cambios de funciones esporádicos se mantengan en el tiempo, sino también una voluntad manifiesta de obligarse en un sentido determinado. En consecuencia, el tribunal considero que, al no existir una voluntad de cambiar las funciones de forma permanente, no procede la declaración de una cláusula tácita en tal sentido.
Fuente: Diario Financiero, octubre 01 de 2019
Número de sociedades se incrementó 7,3% en el último año tributario. Las grandes compañías explicaron el 86,4% de las ventas totales.
Uno de los mitos que se generan en torno a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) en el país es que son el motor de la economía, ya que representan una fracción importante del empleo (algunos cálculos oscilan entre el 60% y 80% del total). Sin embargo, las cifras oficiales, al menos en materia tributaria, dicen otra cosa.
Así lo revela el balance de la Operación Renta 2019 (con información comercial del año 2018) del Servicio de Impuestos Internos (SII), que da cuenta, en base a las declaraciones tributarias de los contribuyentes, de que las Mipyme representaron el año pasado el 78% de las empresas en el país, totalizando más de 993 mil.
Esto implica una reducción de tres puntos porcentuales en la proporción registrada en el 2017. Por tamaño, las micro fueron sinónimo del 59,9% del total (762 mil instituciones), seguido de las sociedades que no registraron ventas ni información tributaria en el período con el 20,8% (264 mil), las pequeñas con 15,9% (202 mil) y las medianas con 2,2% (28 mil).
Y si bien dicho segmento es una proporción alta del total de sociedades en el país, su participación en las ventas y el número de trabajadores dependientes informados es baja. En específico, las Mipyme representaron solo el 13,5% de los ingresos en el país en el período con 3.239 millones de UF (más de US$ 12.486 millones).
Las de mayor participación en términos de ingresos fueron las pequeñas sociedades, con el 6,1% del total. Más atrás le siguieron las medianas con 5,7%, y las micro con 1,7%. Dichas participaciones se mantuvieron respecto a 2017. En términos de personas dependientes empleadas, la cifra asciende a 4,1 millones de trabajadores, el 43,5% del total en el país.
Las pequeñas compañías declararon emplear a 2 millones de personas, las medianas a 1,4 millones, las que no consignaron ventas ni información tributaria a 791 mil, mientras que las micro a 672 mil trabajadores.672 mil trabajadores.
Según la categorización económica del servicio, se considera como micro a una compañía que vende entre 0,01 y 2.400 UF al año; una pequeña, la que factura entre 2.400,01 y 25.000 UF cada 12 meses; y una mediana, la que percibe entre 25.000,01 y 100.000 UF por ejercicio. El peso de las grandes La información proporcionada por los contribuyentes al servicio dio cuenta de la paradójica realidad de las grandes empresas en el país.
Dichas sociedades representan apenas el 1,1% del total el año pasado, reduciendo su cuota en una décima respecto a 2017. Esto significa 14.185 firmas que reportan ingresos entre 100.000,01 y más de 1 millón de UF por ejercicio.
Sin embargo, dicho segmento da cuenta del 86,4% del total de las ventas en el país (una décima menos respecto a 2017), lo que significa 20.614 millones de UF (equivalentes a más de US$ 790.000 millones) el ejercicio pasado, más de dos veces el Producto Interno Bruto (PIB) del país. Asimismo, las compañías de dicho tramo de ventas anuales emplearon al 48,1% de los trabajadores del país, o sea, unas 4,5 millones de personas en el período.
Situación por segmentos
El balance del servicio dio cuenta de que el número de contribuyentes clasificados como empresas subió 7,3% el año pasado versus 2017. Las ventas totales aumentaron 3,7% en el período y superaron los US$ 919.000 millones (UF 23.853 millones).
“Permanentemente, estamos haciendo un reprocesamiento de datos y actualizando la metodología usada, con el objeto de recoger nuevas variables que puedan ir surgiendo y que son relevantes para esta captura de estos datos, además de realizar periódicamente validaciones cruzadas de la información obtenida desde diversas fuentes”, enfatizó la subdirectora (s) de Fiscalización del SII, Carolina Saravia.
Metropolitana posee 79% de los ingresos y el 43% del total de compañías
Las cifras del Servicio de Impuestos Internos (SII) para el año tributario 2019 -con información comercial del 2018- tienden a confirmar la presunción de algunos respecto a que “Santiago es Chile”, al menos en términos de su peso en la economía del país.
Es que los datos muestran que los contribuyentes que declaran el domicilio o casa matriz en la Metropolitana representaron el 79% de las ventas totales en el país, con más de 18.000 millones de UF (US$ 693.000 millones) en el período, mientras que la proporción de sociedades ubicadas en la RM ascendió a 43% del total, unas 549 mil compañías.
En segundo lugar, y por lejos, en términos de peso, se ubicó la región de Valparaíso, con el 4,8% de los ingresos y el 9,7% de las sociedades. Cierra el podio Biobío, con 3,1% y 7,4%, respectivamente.
Las zonas más rezagadas, bajo dichos parámetros, son Arica y Parinacota, con solo el 0,2% de las ventas y el 1,3% del total de las empresas; Magallanes con 0,4% y 1,1%, respectivamente; y Aysén, totalizando el 0,09% de los ingresos informados por las compañías y el 0,8% de las sociedades reportadas al SII. Los Ríos lideró en la variación del número de contribuyentes clasificados como empresas, con un incremento de 8,5%. Más atrás se ubicó Magallanes (8,3%), y la región de Aysén (8%).
Por el lado de las ventas declaradas por los contribuyentes al servicio, la mayor variación porcentual se la llevó la región de Los Lagos, con casi un 20% de avance. Cerrando el podio se ubicaron Antofagasta (15,2%) y Valparaíso (13,6%).
Todas las cifras presentadas corresponden a estimaciones a partir de información con carácter y fines tributarios, proporcionada, mediante autodeclaración, por parte de los contribuyentes, por lo que representan una aproximación a cifras económicas y estadísticas, “y se encuentran sujetas a variación por rectificación del contribuyente, acción fiscalizadora de este servicio o modificación de las convenciones utilizadas para efectuar estas estimaciones”, enfatizaron desde el organismo liderado por Fernando Barraza.
ES IMPORTANTE PORQUE…
Información proporcionada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) revelan el verdadero peso de las empresas en la economía, según su tamaño.
LAS DECLARACIONES DE IMPUESTOS DE LOS CONTRIBUYENTES MUESTRAN QUE SI BIEN LAS GRANDES FIRMAS SON APENAS EL 1,1% DEL TOTAL, REPRESENTAN EL 86,4% DE LAS VENTAS Y EL 48% DEL EMPLEO.
Las Mipyme, 78% del total, son apenas el 13,5% de los ingresos y el 43,5% de los trabajadores.
Fuente: Diario Financiero, septiembre 30 de 2019
La medida reemplaza la metodología anterior, que solo aplicaba las tasas de interés vigentes sin considerar la tasa de retorno promedio de los fondos de pensiones.
Durante la tarde de este lunes, el Gobierno informó que desde este martes 1 de octubre comenzará a regir una nueva metodología para el cálculo de las tasas de interés para el retiro programado de fondos de pensiones.
Según detallaron desde los ministerios de Hacienda y del Trabajo, el objetivo de esta modificación es reflejar de mejor manera los retornos esperados para las inversiones en renta fija y renta variable de los fondos de pensiones tipo C, D y E, en los cuales se encuentran los pensionados.
En esa línea, el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, señaló que «queremos cautelar las pensiones de nuestros adultos mayores, ya que entendemos que en la mayoría de los casos éste es su principal ingreso y queremos evitar cualquier deterioro en su calidad de vida».
Por su parte, el ministro del Trabajo y Previsión Social, Nicolás Monckeberg, detalló que la modificación se justificaba «para reflejar de manera adecuada la trayectoria de retorno esperado de los instrumentos en que se encuentran invertidos los recursos de los pensionados de retiro programado».
«Queremos cautelar las pensiones de nuestros adultos mayores, ya que entendemos que en la mayoría de los casos éste es su principal ingreso y queremos evitar cualquier deterioro en su calidad de vida»
Ministro de Hacienda, Felipe Larraín
En ese sentido, según datos de la Superintendencia de Pensiones (SP), con esta nueva medida se verán beneficiados casi 250 mil pensionados que han optado por la modalidad de retiro programado.
Ejemplo de ello, señalaron desde el Ejecutivo, es que a quienes se les recalcule en el trimestre octubre-diciembre 2019 «verán incrementados en promedio los montos de sus pensiones en un rango estimado de 0,4% y 4,9%«, según el fondo en que se encuentre su saldo de capitalización individual.
Esta mejora se explica, además, por la alta rentabilidad alcanzada por los fondos C, D y E en los últimos 12 meses, de aproximadamente entre 12% y 15% real.
La medida se llevó a cabo el pasado 2 de septiembre, cuando ambos ministerios modificaron la metodología de cálculo de la tasa de interés técnica de retiro programado, reemplazando la metodología previa, que solo aplicaba las tasas de interés vigentes sin considerar la tasa de retorno promedio de los fondos de pensiones.
De ese modo, agregaron, la nueva metodología «captura de mejor manera el retorno esperado de los fondos de pensiones» y, en ese contexto, considera también las inversiones que estos fondos tienen en instrumentos de renta variable.
En tanto, en los próximos días la Superintendencia de Pensiones emitirá una circular informando la nueva tasa de interés técnica de retiro programado.
Fuente: Emol economía, septiembre 30 de 2019
Durante el periodo, informó el INE, la tasa de desocupación de mujeres se situó en 7,5%, reduciéndose 0,4 puntos porcentuales en doce meses.
La Encuesta Nacional de Empleo (ENE), que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas, reveló que la tasa de desocupación se ubicó en 7,2%, en el trimestre móvil junio-agosto.
De acuerdo a la información de la entidad, la cifra se redujo 0,1 puntos porcentuales (pp.) respecto a igual período del año anterior, mientras que se mantuvo en relación con el periodo mayo-julio.
Según el informe del INE, este resultado se debió al alza de 1,4% de la fuerza de trabajo, levemente inferior a la registrada por los ocupados (1,5%). En tanto, los desocupados descendieron 0,8%, incididos únicamente por los cesantes (-2,4%).
El reporte indicó que en el aumento de los ocupados incidieron, principalmente, los sectores administración pública (12,3%), actividades de salud (10,9%) y comercio (2,8%), mientras que por categoría ocupacional el crecimiento se concentró en los asalariados formales (1,9%) y los trabajadores por cuenta propia (1,4%).
En las mujeres la tasa de desocupación fue 7,5%, reduciéndose 0,4 pp. en doce meses, como consecuencia del alza de 3,0% de la fuerza de trabajo, menor al incremento de 3,4% de las ocupadas.
En tanto, la tasa de desocupación masculina alcanzó 7,0%, sin registrar variación en un año, producto de la expansión en igual magnitud de la fuerza de trabajo y de los ocupados (0,2%, en ambos casos).
Ocupados informales
Anualmente, los ocupados informales aumentaron 1,7%, incididos por las mujeres (2,7%) y los hombres (0,9%). Por sector económico, el crecimiento fue consecuencia de los incrementos en comercio (9,2%) y servicios administrativos y de apoyo (18,4%).
En cuanto a la informalidad laboral, los ocupados informales aumentaron 1,7%, incididos por las mujeres (2,7%) y los hombres (0,9%). Por sector económico, el crecimiento fue consecuencia de los incrementos en comercio (9,2%) y servicios administrativos y de apoyo (18,4%).
Fuente: Emol economía, septiembre 30 de 2019
Paula Valenzuela Gerente General Fundación Generación Empresarial
En Chile estamos viviendo un importante debate sobre el trabajo. En buena parte, está motivado por los proyectos de reducción de la jornada laboral y flexibilización impulsados por el gobierno, y el de reducción de la jornada laboral sin flexibilización impulsado por diputadas de oposición. Pero también ha tocado temas como la productividad y la transformación laboral por la creciente automatización. En síntesis, independiente de los proyectos en cuestión, esta es una importante y urgente discusión.
Hasta ahora, la voz de los expertos de todos los sectores ha sido unánime: la consecuencia inescapable de una reducción de la jornada laboral es una baja en la producción, las utilidades, los sueldos y el empleo. En otro ámbito, no tenemos leyes laborales pensadas para enfrentar los desafíos que conllevan las nuevas tecnologías, ni trabajadores capacitados para este escenario y, lo que es aún peor, poco y nada se está haciendo al respecto.
Estos temas son un reflejo de la ausencia de un análisis más holístico sobre aspectos claves para el desarrollo de Chile. Si bien un país tiene el derecho a decidir si se gana un sueldo un poco menor a cambio de trabajar menos horas, o tener mayor flexibilidad para adecuar las jornadas de trabajo, es fundamental que esa decisión se tome de manera informada, reconociendo y asumiendo no solo los beneficios, sino también los costos asociados a las leyes que presentan y defienden las autoridades con argumentos técnicos, económicos, sociales y sustentables, para los ciudadanos de hoy y del futuro.
Lamentablemente, la actual discusión ha sido cualquier cosa menos informativa, honesta o efectiva. Se dice que la reducción de jornada no va a tener costos en los sueldos sólo porque un artículo del proyecto de ley prohibiría bajar salarios. Eso es un voluntarismo deshonesto. Asimismo, el gobierno ha sido incapaz de plantear de manera consistente proyectos alternativos viables con argumentos creíbles para los trabajadores. Y ninguno de los actores en disputa ha dado cuenta de la amplitud de aristas, oportunidades y riesgos que realmente tiene el tema laboral.
Algunas reflexiones que el debate nos ha dejado hasta hora son: la importancia de que una discusión legal, de relevancia social, no comience en el Congreso, sino que su llegada a éste sea el resultado de una amplia discusión social previa, que permita construir acuerdos entre muchos sectores. También, lo fundamental que resulta abordar las temáticas en toda su amplitud y complejidad, aunque tome más tiempo. Y, sobre todo, la necesidad de contar con liderazgos que sean capaces de reconocer las ventajas y desventajas de sus propias ideas, planteando las decisiones como opciones con costos y beneficios, tal como cada persona los entiende en su vida diaria.
Dicho de otra forma, un debate que se haga conversando, discutiendo y tratando a los trabajadores como adultos y ciudadanos conscientes.
Fuente: Diario Financiero, septiembre 27 de 2019
Según el informe correspondiente a julio y que se compara con el mismo mes del año pasado, Arica y Parinacota es la única región en donde el sueldo femenino supera al masculino.
La Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) lanzó un nuevo informe de Empleo y Remuneraciones correspondiente al mes de julio de 2019, el cual se compara con el mismo mes del año pasado y que mide la realidad de los trabajadores de empresas afiliadas al organismo, lo que representa el 26,9% de la masa laboral del país.
Según la investigación, la remuneración promedio de los trabajadores durante julio alcanzó los $849 mil, lo que significó un alza del 3,88% respecto al 2018.
El principal aumento, señala el documento, se presenta el sector «agricultura, ganadería, silvicultura y pesca» (6,54%), mientras que la mayor remuneración promedio se percibe en el rubro de «suministro de electricidad, gas y aire acondicionado», con $1.452.824.
Y respecto a los trabajadores de sectores que han visto las mayores alzas en sus sueldos, se encuentran quienes ejercen en «agricultura, ganadería, silvicultura y pesca» (6,54%), «transporte y almacenamiento» (5,72%) y «actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas» (5,70%). Por otro lado, el sector «explotación de minas y canteras» presenta la mayor baja, con un -3,80% en comparación con julio de 2018.
$849 mil es el promedio de salario de los trabajadores de empresas afiliadas a la ACHS
Al realizar el desglose por región, se observa, según el informe, que diez de las dieciséis regiones presentan un alza en su masa laboral comparación con julio del año pasado. Y el incremento más significativo lo obtuvo la Región de Arica y Parinacota, con una variación del 8.99%, seguida de Tarapacá (7,14%). En contraste, Antofagasta y Coquimbo son las zonas con la mayor disminución de puestos de trabajo, registran un decrecimiento de 3,83% y 3,79%, respectivamente.
En cuanto a remuneraciones, las regiones con mayores alzas con Coquimbo (5,98%) y El Maule (5,77%), y las que presentan las salarios más altos son Antofagasta y Tarapacá, con $1.022.743 y $975.827, respectivamente.
Empleo y remuneraciones por género
Sobre el empleo y remuneraciones por género, el informe indica que en el total de las empresas afiliadas a la ACHS existen 1.403.443 hombres (57,69%) y 1.029.248 mujeres (42,31%), siendo el sector de «construcción» el que cuenta con mayor presencia masculina, y «actividades de atención de salud humana y asistencia social» la femenina.
En tanto, las remuneraciones promedio de los hombres alcanza los $838.530, mientras que las mujeres obtienen $738.800, representando un 13,50% de diferencia entre ambos grupos.
En cuanto a la perspectiva regional, la investigación destaca la menor diferencia en la composición de trabajadores en la Región de Arica y Parinacota con 7.146 hombres y 7.287 mujeres, lo que equivale a un 0,17% más de trabajadoras. A su vez, la mayor diferencia se encuentra en Antofagasta, con 32.368 hombres y 15.275 mujeres, equivalente a un 111.90% más de hombres.
Y por el lado de las remuneraciones, la menor diferencia se registra en Arica y Parinacota, con un 0,17% en variación a favor de las mujeres, siendo la única región del país en el que el sueldo promedio femenino se impone al masculino.
Composición del empleo por género y actividad económica | ||||||
Actividad | Empleo | Remuneraciones | ||||
Hom. | Muj. | Hom./Muj. | Hom. | Muj. | Hom/Muj. | |
Actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas | 6.607 | 3.194 | 106,9% | 847.597 | 650.154 | 30,4% |
Actividades de alojamiento y de servicio de comidas | 49.254 | 61.372 | -19,7% | 563.427 | 472.507 | 19,2% |
Actividades de atención de la salud humana y de asistencia social | 28.705 | 79.325 | -63,8% | 1.088.928 | 834.093 | 30,6% |
Actividades de los hogares como empleadores… | 13.738 | 4.364 | 214,8% | 408.718 | 358.278 | 14,1% |
Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales | 44 | 48 | -8,3% | 954.433 | 1.086.092 | -12,1% |
Actividades de servicios administrativos y de apoyo | 128.797 | 98.771 | 30,4% | 715.125 | 490.017 | 45,9% |
Actividades financieras y de seguros | 32.780 | 40.966 | -20,0% | 1.333.941 | 1.036.423 | 28,7% |
Actividades inmobiliarias | 1.724 | 1.103 | 56,3% | 986.877 | 966.186 | 2,1% |
Actividades profesionales, científicas y técnicas | 107.197 | 58.300 | 83,9% | 808.548 | 761.212 | 6,2% |
Administración pública y defensa… | 93.749 | 130.048 | -27,9% | 1.072.515 | 977.356 | 9,7% |
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca | 132.724 | 54.364 | 144,1% | 601.168 | 417.123 | 44,1% |
Comercio al por mayor y al por menor… | 190.547 | 134.803 | 41,4% | 891.201 | 692.774 | 28,6% |
Construcción | 97.256 | 12.303 | 690,5% | 759.878 | 781.457 | -2,8% |
Enseñanza | 57.648 | 148.120 | -61,1% | 1.029.210 | 786.886 | 30,8% |
Explotación de minas y canteras | 47.427 | 5.583 | 749,5% | 1.174.389 | 1.191.989 | -1,5% |
Industrias manufactureras | 233.717 | 70.473 | 231,6% | 804.167 | 712.477 | 12,9% |
Información y comunicaciones | 42.489 | 31.642 | 34,3% | 886.443 | 619.972 | 43,0% |
Otras actividades de servicios | 33.922 | 66.848 | -49,3% | 970.360 | 864.976 | 12,2% |
Suministro de agua; evacuación de aguas residuales… | 12.420 | 2.761 | 349,8% | 756.655 | 774.562 | -2,3% |
Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado | 5.106 | 1.266 | 303,3% | 1.463.005 | 1.287.824 | 13,6% |
Transporte y almacenamiento | 87.592 | 23.594 | 271,2% | 774.903 | 756.221 | 2,5% |
Nacional | 1.403.443 | 1.029.248 | 36,4% | 838.530 | 738.800 | 13,5% |
Fuente: Diario Financiero, septiembre 26 de 2019
Un significativo avance logró ayer el proyecto que establece el derecho a sala cuna universal para los hijos menores de dos años de madres trabajadoras propuesto por el gobierno. Y es que tras más de un año de tramitación en el Congreso, la comisión de Trabajo del Senado aprobó las indicaciones que establecen la administración del fondo, una de las mayores piedras de tope de la propuesta.
El eje central de la iniciativa propone eliminar la restricción establecida en el artículo 203 del Código del Trabajo, la cual limita el derecho a sala cuna a mujeres que se desempeñen en firmas con 20 o más trabajadoras. Además, plantea un aporte mensual de 5,14 UTM -más matrícula- para financiar el acceso a sala cuna, el cual será financiado a través de una cotización mensual de 0,1% con cargo al empleador por cada trabajador -la cual formará un fondo solidario-, además de aportes fiscales.
En relación a este fondo, entre el gobierno y la oposición se generó todo un debate con respecto a quién lo administrará, y si bien en un inicio se barajó que fuera una sociedad administradora, los senadores y el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, acordaron que sea el Instituto de Previsión Social (IPS) quien lo haga.
Pese a que esa alternativa se zanjó hace semanas, el debate no dejó conforme a los senadores, ya que la propuesta inicial del Ejecutivo consideraba que el IPS administraría el fondo, pero que para ello tendría que licitar los servicios que implican realizar dicha tarea, lo que fue duramente criticado por los senadores de oposición.
Sin embargo ayer, y tras un arduo debate, el ministro Monckeberg y los senadores de oposición, acordaron modificar dicha propuesta, estableciendo que el IPS “podrá” licitar, permitiendo así que el servicio tenga la opción de no realizar licitación alguna a terceros, ya que en la indicación original la norma decía “deberá”.
Otra indicación que ayer logró ser aprobada tiene relación al ámbito financiero. Y es que se visó una norma que establece que en caso de que no se realice la contratación de una entidad privada para administrar y el IPS no pueda hacerlo, será la Tesorería General de la República quien lo administre.
De acuerdo a la votación, ayer quedaron cuatro artículos relacionados al ente administrador para ser votados, los que tienen relación a normas de transparencia, entre otras.
Se espera que en la sesión de hoy la comisión despache la totalidad del articulado, lo que aceleraría el debate ya que sólo quedarían las normas menos complejas de la propuesta.
De despacharse el proyecto, la comisión de Trabajo del Senado se encontraría lista para comenzar el debate del proyecto de adaptabilidad laboral.
Fuente: Diario Financiero, septiembre 25 de 2019
Gonzalo Lira Socio de Garnham Abogados
Por estos días se discute en el Congreso un proyecto de ley que establece la posibilidad de que el finiquito del contrato de trabajo pueda ser firmado por las partes -trabajador y empleador- en forma electrónica. Si bien con ello se busca hacer más eficiente el trámite, el proyecto incurre en una serie de problemas que resultarán en la ineficacia de dicho documento, aumentando la judicialización e incorporando mayor incertidumbre y carga en el mercado laboral.
El finiquito es una declaración voluntaria de las partes, con posterioridad al término de la relación laboral que las vinculó, cuyo objetivo es dejar constancia que, mediante el cumplimiento de las obligaciones consignadas en el documento, nada se adeudan entre sí y, por tanto, renuncian a demandarse. Sin embargo, el proyecto de ley en discusión establece en su inciso final que, por la firma electrónica del finiquito, el trabajador hace reserva total de sus derechos. Esto significa que el trabajador podrá demandar a su antiguo empleador por cualquier concepto que considere procedente, aun cuando en el finiquito haya declarado expresamente lo contrario.
Con ello, el finiquito firmado electrónicamente no tendrá eficacia legal alguna, ya que pierde la facultad de ser un instrumento que certifica, mediante la declaración de las partes, que entre ellas no se adeuda nada de lo consignado en él.
Pero el proyecto no solamente quita eficacia al finiquito firmado electrónicamente, sino que también lo hace respecto al documento que ha sido rubricado en forma presencial. Esto, debido a que también se agrega la facultad de que el trabajador —incluso habiendo firmado el finiquito, en forma presencial o electrónica— pueda reclamar judicialmente dentro del pazo de 60 días hábiles de la firma, en caso de que considere que ha habido una afectación de sus derechos fundamentales.
De este modo, aunque las partes hayan dejado escrito en el finiquito que el trabajador reconoce que no se le vulneraron ninguno de sus derechos fundamentales durante la vigencia o al momento del término de la relación laboral, esa declaración no tendrá ningún valor y no podrá utilizarse como defensa en caso de una acción judicial.
Si bien los Tribunales del Trabajo permiten demandar cuando se ha consignado una “reserva de derechos”, ésta dista mucho de lo dispuesto en el proyecto de ley, pues, para que tenga valor, la reserva debe ser específica, debe quedar expresamente consignada en el documento y debe ser aceptada por ambas partes al momento de la firma del documento. Por el contrario, la “reserva total de derechos” en beneficio del trabajador que el legislador pretende otorgar al finiquito firmado electrónicamente, o la reserva que éste tendrá para demandar la vulneración de sus derechos fundamentales, implican la pérdida del poder liberatorio del finiquito, desvirtuando por completo esta institución.
Es evidente que de no rectificarse este proyecto en el Senado –que ya fue aprobado por la Cámara de Diputados- aumentarán las demandas laborales, recargando aún más los Tribunales del Trabajo, se producirá incerteza jurídica y se impondrá una carga económica extra, afectando a muchas pequeñas y medianas empresas.
Si bien es importante modernizar la firma del finiquito, no podemos con ello desvirtuar su finalidad.
Fuente: Diario Financiero, septiembre 17 de 2019
El gremio minero valoró la baja de la tasa de desempleo del sector en los últimos doce meses.
Una caída desde 8,1% a 6,9% registró la tasa de desempleo en las regiones mineras en los últimos doce meses, mientras que a nivel nacional disminuyó desde 7,3% a 7,2% en el mismo periodo.
Según informó la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), en Tarapacá la desocupación entre mayo-julio alcanzó un 6,3%, frente al 8% registrado en igual periodo del año pasado.
Mientras que en Antofagasta, el indicador cayó desde 8,6% a 6,7%. En tanto, en Atacama se redujo desde 8,8% a 8,6% y en Coquimbo bajó desde 7,4% hace un año atrás a 6,6% en la actualidad.
«Después de un prolongado periodo de altas tasas de desempleo, las regiones mineras están mostrando una significativa recuperación del empleo sectorial, lo cual, por cierto, es una muy buena noticia. Cabe destacar que en la Región de Antofagasta, capital minera por excelencia, el desempleo ha caído en 1,9 puntos en los últimos doce meses. Estamos confiados en que este positivo comportamiento del empleo sectorial continúe», expresó el gerente de Estudios de Sonami, Álvaro Merino.
Mientras el empleo en el país crece 1,5% en el último año, en las regiones mineras crece 7,8%. En los últimos doce meses se crearon 124.000 nuevos empleos en Chile, de los cuales 75.000 se generaron en las regiones mineras, «esto es equivalente al 60% de la totalidad de los nuevos puestos de trabajo creados en el último año».
Junto a lo anterior, Merino dijo que es oportuno destacar que la ocupación en la minería aumentó 3,3%, en los últimos doce meses, en tanto que en otras actividades emblemáticas de la economía nacional como la industria cayó 6,3%, en las actividades financieras disminuyó 4,2%, en la agricultura se redujo 1,3% y en el comercio aumentó 4,7%.
Fuente: Emol economía, septiembre 09 de 2019
Los cambios a la jornada laboral son, desde luego, algo que se puede discutir. Sin embargo, ella se ha abordado en el Congreso con una ligereza que no se hace cargo del real impacto en el empleo y en la economía que, inevitablemente, va asociado a una medida de este tipo.
El solo hecho de que la propuesta legislativa original de 40 horas consista de un único artículo, sin estudios técnicos que la respalden y sin siquiera mencionar aspectos básicos como la productividad o los salarios, da cuenta de una iniciativa que no ha sido adecuadamente analizada; que su trámite en la comisión de Trabajo usara un mecanismo especial para ignorar la urgencia de otros proyectos sobre la materia, que se diera a pesar de la reserva de constitucionalidad del oficialismo, y que no se escucharan las opiniones de gremios y trabajadores antes de su aprobación, resulta preocupante para la calidad del debate democrático.
Parece razonable, por ende, que diversos actores pongan ahora el acento en realizar los estudios que faltan y en sopesar una amplia y variada gama de opiniones. Es indispensable que una discusión de esta naturaleza se desarrolle sobre la base de argumentos y datos, no a partir de la simplificación de problemas complejos y del voluntarismo político. Aunque no participa en este debate, el Banco Central no pudo dejar de considerarlo al entregar esta semana su IPoM de septiembre, señalando la importancia de sopesar sus potenciales implicancias para la economía, y recordando que la vez anterior que se redujo la jornada laboral —en 2005, de 48 a 45 horas—, el escenario era muy distinto, con un PIB potencial de 5% versus el actual de 3%, más aun considerando hoy costos laborales adicionales como la sala cuna universal y la reforma de pensiones.
El llamado al realismo del instituto emisor es tan oportuno como elocuente: “En la discusión de reformas, programas e iniciativas en distintos ámbitos, es importante reconocer que estas no se darán en un contexto de prosperidad ilimitada, sino en un período con muchos riesgos”.
Fuente: Diario Financiero, septiembre 06 de 2019