En el mes de enero la Dirección del Trabajo emitió un nuevo dictamen sobre el sentido y alcance de la Ley N° 21.165 que aborda la jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores. El ordinario N° 316/3 del 16 de enero de 2020 viene a complementar el dictamen Nº4533/28 del 24 de septiembre de 2019. Este nuevo dictamen trata materias relativas al descanso para colación de los estudiantes trabajadores, el permiso para rendir exámenes académicos, indica cuáles son las empresas con prohibición de pactar jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores y define a qué tipo de prestaciones de salud puede optar el estudiante trabajador cuándo cesa dicha calidad.
En la presentación de su guía salarial, la entidad advirtió de que tras la crisis social se postergaron varias firmas de contratos laborales. Construcción, servicios y retail serán los rubros más afectados.
Una mayor orientación al empleo flexible, alta demanda de nivel avanzado de inglés, servicios temporales, y cambio en el modelo de trabajo, son algunos de los desafíos que la Guía Salarial, presentada por la consultora de recursos humanos Robert Half, anticipa para este año en Chile.
Aunque se espera una contracción en la economía del país, la empresa de reclutamiento y selección no espera un desempleo muy alto en los segmentos profesionales. Si bien existe una demanda de cargos, la reactivación será más lenta durante este año y se centrará más en el recambio de equipos.
La directora asociada de Robert Half para Chile, Karina Pérez, dijo que si bien la tasa de desempleo aun no ha aumentado producto de la crisis social y los más de 170 mil despidos por necesidades de la empresa que se han registrado, manifestó que «hay muchas decisiones rezagadas de contratación y eso sí está afectando en términos de empleo profesional».
Las áreas que más se verán afectadas este año, según el estudio, serían servicios, retail y construcción. Para los dos primeros rubros, se esperan despidos o «redefiniciones del equipo comercial», mientras que en construcción se esperan despidos ante la menor actividad de parte del sector privado, a pesar de un plan de reactivación económica impulsada por el Gobierno y que tiene como foco el empleo en este rubro.
En función de esto, la consultora cree la situación del mercado laboral podría recuperarse recién hacia el segundo semestre de este año.
En cuanto a tendencias del mercado laboral en 2020, la empresa destaca seis puntos: La minería y construcción aportarán al empleo; habrá un aumento de servicios transitorios profesionales; la discusión de la flexibilidad laboral, horas de trabajo y sistema de pensiones estarán presentes durante el año; las empresas notan una falta de profesionales capacitados, en su mayoría sin nivel avanzado de inglés; habrá mayor movimiento en los empleos de finanzas y contabilidad; y, se mantendrá la demanda en el área de tecnología.
Servicios transitorios se destacarán este 2020
En cuanto a las áreas que tendrán mayor y menor remuneración este año, la guía de Robert Half menciona a Ingeniería, Tecnología, Servicios Financieros, y Finanzas y Contabilidad como áreas que se mantendrán con un nivel de ocupación y remuneraciones similar al de 2019. Por otra parte, Recursos Humanos y Ventas y Marketing serán las más afectadas por los despidos a partir de la crisis social.
En Ingeniería, el promedio -correspondiente al percentil 50 de la guía- de los sueldos están en $ 9.300.000 para el cargo más alto y en $ 3.000.000 para el cargo más bajo. Tecnología ubica los sueldos respectivamente entre $ 8.524.800 y $ 3.729.600; Servicios Financieros entre $ 7.500.000 y $ 2.650.000; y Finanzas y Contabilidad entre $ 18.200.000 y $ 1.975.000.
Mientras que Ventas y Marketing se enfrentarán a una probable reducción de equipos comerciales y tendrán sueldos entre $ 14.400.000 y $ 2.150.000. Recursos Humanos, que también será golpeado a raíz del estallido social y tendrá una contratación moderada, ubica sus sueldos entre $ 6.925.000 y $ 1.425.000.
Pero lo que ha sorprendido es el área de Servicios Transitorios (como contratos a plazo y subcontratos). La tendencia de las contrataciones temporales y outsourcing se verá cada vez más- y se incrementará debido al desempleo- este 2020, ya que varias compañías querrán reestructurar y flexibilizar sus procesos. Los cargos que serán más solicitados por las empresas son analistas contables, analistas de cuentas por pagar y por cobrar, analistas de recursos humanos, jefaturas de proyectos, analistas de sistemas y desarrolladores tecnológicos
Desafíos empresariales 2020
Frente a la crisis social y como consecuencia del 18 de octubre, Robert Half establece desafíos claros para las empresas y sus modelos de trabajo.
Dentro de los cambios que se ven están el de promover un entorno laboral diverso, un liderazgo organizacional que escuche y repensar las relaciones con los colaboradores. Se debe considerar que hoy en día existen cinco generaciones distintas trabajando juntas y generar un ambiente adecuado para que convivan, además de seguir impulsando la incorporación de la mujer.
En cuanto al escenario de las discusiones legislativas de la jornada laboral, las empresas deben optar por un cambio de modelo hacia al de trabajo por objetivos y flexibilidad de horario.
Fuente: Diario Financiero, enero 15 de 2020
Es la madre de todas las batallas. Antes de iniciar su gobierno, el Presidente Sebastián Piñera ya decía que la previsional se proyectaba como la reforma más ambiciosa de su mandato a la vez que la más costosa. De hecho, los análisis señalaban en ese entonces que aquí se jugaba su administración y una posterior posta a un segundo.
Ha pasado agua bajo el puente -bastante-, pero el proyecto que modifica el sistema de pensiones continúa siendo la punta de lanza del Ejecutivo, aunque con grandes cambios a cómo se planteó en un comienzo, allá por ahora un lejano 2018.
La noche de este miércoles, el mandatario entregó la última versión de su propuesta y lo hizo en cadena nacional. Las indicaciones que ingresarán al Congreso cambian en varios aspectos el proyecto que descansa en el Congreso y a continuación están sus claves.
1.- La creación de un nuevo pilar del sistema de pensiones
El anuncio del Presidente considera la creación de un nuevo pilar dentro del sistema previsional. En la actualidad, el modelo de pensiones está compuesto por tres pilares: el contributivo, el solidario y el voluntario.
La propuesta del gobierno considera estos tres pilares: un pilar solidario, el que será financiado por el Estado, lo que no modifica la presente situación de este eje; un pilar del Ahorro Individual, que será financiado tanto por trabajadores como empleadores; y un tercer pilar del Ahorro Colectivo y Solidario, en el que contribuirán los empleadores y que contará con un aporte inicial por parte del Estado.
La duda que cabe por resolver es qué ocurrirá con el pilar voluntario, es decir, con las cuentas de Ahorro Previsional Voluntario (APV).
2.- Los seis puntos de cotización adicional
La propuesta del Ejecutivo considera un alza de la cotización en seis puntos porcentuales. Actualmente, la imposición para la pensión es de 10% de la renta imponible para la cuenta individual, es decir, en el pilar contributivo.
El anuncio del mandatario considera que tres puntos de la cotización extra serán de cargo del empleador y se sumarán al 10% actual, por lo que complementará el ahorro previsional de cada trabajador. En régimen, esto significaría un aumento del 30% en las pensiones.
Por otro lado, la reforma crea un Fondo de Ahorro Colectivo y Solidario, que se financiará con los otros tres puntos de cotización adicional, los que estarán también a cargo del empleador y que tendrán un aporte inicial del Estado. Este Fondo Solidario va a entregar una pensión adicional a aquella financiada con ahorros propios o del Pilar Solidario, a los jubilados actuales y futuros. De acuerdo a lo anunciado, beneficiaría en forma muy especial a las mujeres, a la clase media y a los adultos mayores con dependencia severa.
3.- Un nuevo ente público
Los seis puntos adicionales de cotización no serán administrados por las AFP. El gobierno propone la creación de una Institución Pública Autónoma, la que tendría exigentes requisitos de sustentabilidad, profesionalismo, eficacia y transparencia.
De esta forma, se hace eco de lo que propuso la expresidenta Michelle Bachelet en su reforma previsional, con la creación de un Consejo de Ahorro Colectivo (CAC), entidad que iba a a administrar la cotización extra.
4.- Mayor competencia en la administración del 10%
Una de las frases con la que la administración del Presidente Piñera ingresó al debate previsional cuando recién inició su mandato fue el aplicar «mayor competencia a la industria de AFP».
Esta reforma pretende precisamente eso. Abre la industria de Administración de Fondos de Pensiones a nuevos actores como sociedades sin fines de lucro, cooperativas de afiliados y otras, de forma, dijo el mandatario, de fortalecer la competitividad de la industria, mejorar la calidad de los servicios, reducir las comisiones cobradas y permitir que los afiliados puedan participar en la creación de nuevas AFP.
5.- AFP tendrán que devolver plata si pierden
Esta reforma considera que las gestoras previsionales tendrán que devolver a las cuentas de ahorro individual de sus cotizantes, parte de las comisiones cobradas, cuando la rentabilidad del fondo sea negativa. La idea es, de acuerdo a lo dicho por el Presidente, alinear los incentivos.
Por otro lado, las administradoras no podrán cobrar comisiones por inversiones en Fondos Mutuos Nacionales, se restringirá el cobro de otras comisiones por servicios de inversión y deberán pagar las cuotas mortuorias de aquellos afiliados fallecidos que no puedan cubrir este gasto.
Cabe destacar que hoy las AFP mantienen un encaje compuesto por parte de su patrimonio en los fondos que administran.
6.- Un afiliado en el directorio de las AFP
La reforma incluye más participación de los afiliados en la gestión de las AFP. Considera la creación de un Comité de Afiliados, además de la participación de uno de ellos en el directorio de cada una de las administradoras.
También se agrega una mayor participación del Comité de Usuarios del Sistema de Pensiones en la votación que hacen las gestoras para designar directores en las empresas donde invierten fondos previsionales y también la creación de una Intendencia de Protección de Derechos de los Afiliados en la Superintendencia de Pensiones, entidad que hoy dirige Osvaldo Macías.
7.- Revisión de las tablas de mortalidad
El Consejo Consultivo Previsional, hoy encabezado por Carlos Díaz, deberá revisar periódicamente los parámetros del sistema, incluyendo las tablas de expectativas de vida, de forma de proponer nuevos perfeccionamientos que aumenten la competencia y la transparencia del sistema y, sobre todo, que aseguren el pago de pensiones dignas y adecuadas de forma permanente.
Fuente: Diario Financiero, enero 15 de 2020
Dante Arrigoni, presidente del gremio, sostuvo que las cifras «no son muy alentadoras» y que las personas empleadas en el área caerían de 825 mil hasta las 800 mil.
El presidente de la Asociación de Industrias Metalúrgicas y Metalmecánicas (Asimet), Dante Arrigoni, se mostró preocupado este martes en un desayuno con empresarios donde dio a conocer las proyecciones para su sector en 2020. Es que de acuerdo a los cálculos del gremio, este año la manufactura perdería más de 25 mil empleos producto de la crisis social.
«Según nuestras estimaciones, el shock de incertidumbre y deterioro de expectativas, junto a condiciones financieras menos favorables producto de aumentos en las tasas de interés, nos hacen proyectar esta cifra no muy alentadora en materia de destrucción de empleos«, dijo Arrigoni.
En ese sentido, comentó que «mientras no se restablezca por completo el orden público, que permita el normal funcionamiento de las fuentes productivas, al igual que un mejoramiento del escenario político y económico, creemos que no será posible generar las confianzas que permitan reactivar la actividad productiva. Esperamos que las autoridades, y la clase política, empiecen a dar señales de convergencia».
En esa línea, y respecto a lo que ha hecho el Ejecutivo en medio de la crisis, Arrigoni valoró las medidas anunciadas por el ministro de Hacienda Ignacio Briones «en el sentido de que Chile tiene que modernizar su modelo económico».
«Tenemos que tener planes de desarrollo productivo, apuntar a la industrialización del país, aumentar el valor agregado, crecer en el índice de complejidad económica, que son medidas que apuntan a mejorar la competitividad de nuestra industria«, dijo tras el desayuno.
Agregó así que para medir el avance del sector manufacturero en el mercado globalizado se debe considerar el índice de medición de Complejidad Económica (ICE), que es un concepto que mide la cantidad de conocimiento de los productos que exportan los países, y que en el caso nacional hoy exhibe el último lugar entre las economías de la OCDE, y similar ranking entre las naciones con las que tenemos tratados de libre comercio.
825 mil personas emplea actualmente el sector manufacturero, la cifra caería a 800 mil este año
«Para mejorar este índice es imprescindible una nueva industrialización del aparato productivo nacional, que previo a la crisis social, ya venía mostrando una pérdida de competitividad, bajo crecimiento y creación de empleo«, sostuvo el presidente de Asimet.
«Para tener un crecimiento económico sostenido y una reducción progresiva de la desigualdad, se necesitan políticas industriales modernas, que agreguen conocimiento a la matriz productiva de los países, y que se complementen a las políticas sociales», aseguró el dirigente gremial.
Fuente: Emol economía, enero 14 de 2020
En Chile la palabra proactividad es sinónimo de alta iniciativa, o un nivel superior de iniciativa. Se valora como un bien escaso que sólo algunos poseen, pero que casi todos los empleos actuales lo requieren en quien cumple las funciones del cargo. Desde el punto de vista de la búsqueda y contratación de personas, formación y entrenamiento de estas, así como en funciones de retención de personas valiosas en la empresa, el ser proactivo es un elemento distintivo y sin duda una ventaja comparativa en los equipos de trabajo que poseen esta cualidad.
Para S. Covey la proactividad o iniciativa se basa en la libertad interior de elegir que cada persona tiene respecto a la forma de responder a un estímulo o circunstancia, y esta libertad interior de elegir se basa a su vez en nuestra capacidad de autoconciencia, la voluntad independiente, la capacidad de imaginación y la conciencia moral. Proactividad es tomar la iniciativa y hacernos responsable por nuestras decisiones.
Iniciativa es la predisposición a anticiparse, a ver lo que hay que hacer en el futuro. En términos conductuales desde concretar decisiones tomadas en el pasado hasta la búsqueda de nuevas oportunidades o soluciones de los problemas.
La iniciativa se puede entender como una competencia laboral fundamental hoy en día, y como competencia está compuesta por comportamientos específicos, comportamientos se pueden aprender, practicar, entrenar, desarrollar en definitiva, de modo de instalarlos en nuestro repertorio conductual como un hábito, firme e indestructible al paso del tiempo.
La iniciativa puede ser inexistente o en niveles cercanos a cero en algunas personas, y en otras puede estar en un nivel bastante evolucionado. La iniciativa en su nivel más primario se expresa en abordar oportunidades o problemas en el momento que se presentan con diligencia y prontitud.
En un segundo nivel, la persona es capaz de tomar decisiones en forma rápida y decidida en momentos de crisis, tratando de anticiparse a las situaciones que puedan surgir, tiene distintos enfoque para afrontar una situación problema.
En un tercer nivel de desarrollo de la iniciativa, la persona se adelanta y se prepara para los acontecimientos que pueden ocurrir en el corto plazo. Crea oportunidades o minimiza los problemas potenciales. Es capaz de evaluar las principales consecuencias de una decisión a largo plazo. Es ágil en la respuesta a los cambios. Aplica distintas formas de trabajo con una visión de mediano plazo.
Y, en un cuarto nivel de desarrollo de la iniciativa, se puede observar que la persona se anticipa a las situaciones con una visión de largo plazo; actúa para crear oportunidades o evitar problemas que no son evidentes para los demás. Elabora planes de contingencia. Es promotor de ideas innovadoras. Se le puede considerar como un referente y modelo a seguir.
A partir de la entrada en vigencia de esta ley en 2018 se han aprobado 938 casos, generando más de 5.000 licencias y permitiendo a cientos de padres y madres acompañar a sus hijos afectados por alguna enfermedad grave.
Desde enero los padres y madres trabajadores pueden acompañar a sus hijos menores de edad que padezcan alguna enfermedad terminal, según informaron hoy las ministras del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar, y de la Secretaría General de Gobierno, Karla Rubilar, junto al Subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, el Superintendente de Seguridad Social (SUSESO), Claudio Reyes, y la senadora Carolina Goic.
Las autoridades llegaron hasta la Fundación Casa Familia en Ñuñoa, con el objetivo de difundir la tercera etapa de la Ley 21.063 de 2018, que crea el Seguro de Acompañamiento para Niños y Niñas (Ley SANNA), que permite que padres y madres trabajadoras, o quien tenga el cuidado personal de un menor de edad otorgado por resolución judicial, pueda ausentarse de su trabajo para prestar atención, cuidado y acompañamiento a él o la menor afectada.
«Desde el inicio de la Ley se han aprobado 938 casos, los que han generado más de 5.000 licencias, lo que sin duda ha sido muy importante para los padres y madres de muchas familias, que han podido estar junto a sus hijos en momentos difíciles y que ahora los podrán acompañar en caso de enfermedades terminales. Creemos que es fundamental que ellos puedan estar juntos, para poder entregar el cuidado y el cariño que tanto necesitan y que es irremplazable», señaló la titular del Trabajo.
El subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, agregó que «sin duda alguna esta es una muy buena noticia para las familias, quienes podrán tener su preocupación puesta completamente en acompañar a sus hijos o hijas en un momento tan delicado en sus vidas, lo que constituye una garantía para estas familias».
Ya en 2018, en su primera etapa, la Ley SANNA otorgó cobertura a todos los diagnósticos de cáncer en niños y niñas y, luego, en julio de 2018, se incorporaron los casos de trasplantes de órganos sólido y de progenitores hematopoyéticos (ver anexo)
Esta nueva etapa, que entró en vigencia el 1 de enero de 2020, se incorpora el estado o fase terminal de la vida, es decir, aquellas condiciones donde se prevé la muerte inminente del o la menor, en la que su condición de salud no permite recuperación de la salud. Se incluye dentro de esta condición de salud el tratamiento destinado al alivio de dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.
Para acceder a este beneficio, el médico tratante deberá emitir una licencia médica respecto a esta condición grave de salud, debe ser certificada por un médico tratante a través de un informe complementario SANNA y ratificada por la persona del área médica o responsable institucional. Cada 90 días, se podrá otorgar un nuevo permiso tras la emisión de un informe debidamente fundado que señale los motivos de esta decisión.
Por su parte, el Superintendente de Seguridad Social, Claudio Reyes Barrientos, remarcó lo importante de esta ley: «Desde su origen, esta ley tuvo el acompañamiento de organizaciones de la sociedad civil, principalmente de madres y padres que colaboraron incansablemente para tener esta ley que hoy es una realidad y un alivio para muchas familias en el país».
Son personas beneficiarias de este seguro aquellas que trabajan en el sector privado (Código del Trabajo), funcionarios públicos, con excepción de los funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden, trabajadores independientes, y trabajadores temporales cesantes que cumplan los requisitos establecidos.
Más información en la página web http://www.leysanna.suseso.cl/, donde encontrarán toda la información pertinente para la entrada en vigencia de la ley como: normativa, formularios, requisitos para acceder al seguro, contingencias cubiertas, preguntas frecuentes, entre otras.
Fuente: Superintendencia de Seguridad Social, enero 10 de 2020
Renovación de Resolución dictada por la Dirección del Trabajo que autoriza el establecimiento de sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos
El 18 de julio pasado la Dirección del Trabajo emitió el dictamen Nº 3018/81 que regula el procedimiento a seguir y los requisitos que deben cumplir las empresas que soliciten la renovación de la resolución dictada por dicha institución y que autoriza el establecimiento de un sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descanso, documento en el que se reconsidera, en parte, la doctrina sustentada por la propia Dirección del Trabajo en el ordinario Nº 1670/74 de fecha 23 de Abril del año 2004.
En virtud de lo expuesto, siendo una materia de interés para todas aquellas empresas que se encuentran acogidas a sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo, informamos las facultades que sobre este asunto tiene la Dirección del Trabajo, los requisitos y procedimientos a seguir para obtener dicha autorización como su renovación.
1. Facultades de la Dirección del Trabajo
El artículo 38 del Código del Trabajo, que establece las faenas exceptuadas del descanso dominical y en días festivos, en sus dos últimos incisos dispone:
«El Director del Trabajo podrá autorizar, previo acuerdo de los trabajadores involucrados, el establecimiento de sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos, cuando lo dispuesto en este artículo no pudiere aplicarse, atendidas las especiales características de la prestación de servicios y se hubiere constatado, mediante fiscalización que las condiciones de higiene y seguridad son compatibles con el referido sistema.
La vigencia de la resolución será por el plazo de cuatro años. No obstante, el Director del Trabajo podrá renovarla si se verifica que se mantienen los requisitos que justificaron su otorgamiento. Tratándose de las obras o faenas, la vigencia de la resolución no podrá exceder el plazo de ejecución de las mismas, con un máximo de cuatro años».
De la disposición legal transcrita resulta que el Director del Trabajo se encuentra facultado para autorizar el establecimiento de sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos a aquellas empresas exceptuadas del descanso dominical y de días festivos, en que no fuere posible aplicar las normas generales que en materia de descanso compensatorio se establecen en el mismo artículo, atendidas las especiales características de la prestación de servicios.
2. Requisitos para obtener la autorización del establecimiento de un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descansos
En términos generales, las empresas podrán obtener la autorización para establecer un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descansos, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
Que se trate de faenas exceptuadas del descanso dominical.
Que exista acuerdo previo de los trabajadores, si los hubiere.
Imposibilidad de aplicar las disposiciones generales sobre descanso semanal compensatorio establecidas en el artículo 38 del Código del Trabajo.
Condiciones de higiene y seguridad compatibles con el sistema solicitado.
Cumplimiento de los criterios administrativos correspondientes, contenidos en la Circular N° 88 de fecha 5 de Julio del año 2001, del Departamento de Inspección de la Dirección del Trabajo.
3. Vigencia de la autorización
La autorización que se otorgue tendrá un plazo máximo de vigencia de 4 años, encontrándose facultado el Director del Trabajo para otorgarla por un período inferior, siempre que las partes involucradas así lo requieran.
Tratándose de obras o faenas, la vigencia de la resolución, no puede exceder del plazo de ejecución de las mismas, con un máximo de 4 años, sin que sea procedente su renovación.
4. Renovación de la resolución que autorizó el establecimiento de un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descansos
Para solicitar la renovación del permiso, se requiere que la solicitud cumpla con idénticas condiciones a las establecidas en la primera resolución, salvo las modificaciones legales, y cumplir con todos los presupuestos señalados en el punto dos de este documento; que se refiere al acuerdo previo de los trabajadores involucrados, si los hubiere, acuerdo que en este caso, debe recaer sólo sobre el sistema excepcional ya autorizado, esto es, respecto de aquel cuya renovación se pide.
Además, es requisito indispensable, que el permiso cuya renovación se solicita se encuentre vigente a la fecha en que se efectúe la petición, pues si ésta se formula vencido se tendrá que solicitar una nueva autorización.
5. Plazo para solicitar la renovación de la resolución respectiva
Si bien la Ley no establece un plazo para solicitar la renovación de la autorización, la Dirección del Trabajo ha señalado que esta petición debe ser presentada con la debida antelación, de manera de que la autoridad administrativa disponga de un tiempo adecuado para evaluar y resolver la solicitud de renovación, la continuidad de las labores y consecuentemente, la mantención del sistema excepcional vigente.
Si esta petición de renovación es presentada con una anticipación excesiva, se considerará como una nueva autorización de sistema excepcional de jornada de trabajo y descansos,
Ya que no existiría la continuidad de las labores, ni permitiría a la autoridad administrativa pronunciarse en forma oportuna, sobre la mantención de las condiciones que justificaron la primera resolución.
6. Criterios Administrativos a aplicar
Los criterios administrativos que debe cumplir la solicitud de renovación, son aquellos que se encontraban vigentes en la fecha en que se otorgó la primera resolución.
Lo anterior, sin perjuicio, de la facultad que asiste al Director del Trabajo para exigir el cumplimiento de las condiciones de higiene y seguridad que sean compatibles con el sistema cuya renovación se solicita.
7. Efectos de la no renovación de la autorización respectiva
En el evento que no se solicite la renovación de la autorización, o bien, ésta no sea otorgada, los trabajadores involucrados quedan afectos a las normas generales que en materia de jornada de trabajo y descansos se contienen en el Código del Trabajo, de tal manera que si el sistema excepcional se aplica más allá del plazo de vigencia que le otorgaba la resolución respectiva, ello importa una infracción a la legislación laboral.
8. Renovación de Resoluciones que Autorizaron un Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo y Descansos Otorgadas Antes del 1° de Diciembre de 2001.
Estas autorizaciones fueron otorgadas en forma indefinida, pero la Dirección del Trabajo ha estimado que ellas tienen un plazo de duración de cuatro años a contar del 1° de Diciembre de 2001, por lo que se deberá solicitar la renovación de estas resoluciones con antelación al día 1 de Diciembre de 2005.
En este escenario la reconversión laboral es clave y si el país no acelera el proceso se “expone a una pérdida de competitividad”.
El mundo está dividido entre los que señalan que la Inteligencia Artificial (IA) eliminará empleos y entre los que plantean que, por el contrario, será una fuente de nuevos puestos como lo propone el estudio «Impacto de la IA en el mercado laboral chileno», realizado por la consultora DuckerFrontier, por encargo de la multinacional tecnológica Microsoft, que participa en el negocio de la IA global.
«La IA ya está y va a estar en todas las tareas y actividades. En todos los sectores e industrias genera un impacto positivo en la competitividad y especialización de los trabajos», afirma el gerente general de Microsoft Chile, Sergio Rademacher.
El sondeo –que comparó variables, como número de inversiones y empleos, con Brasil, Costa Rica, Argentina, México, Colombia y Perú y data abierta del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional– plantea que implementar herramientas de IA en los procesos productivos, como machine learning, computer visión y cloud, generaría entre 18% y 42% de nuevos empleos. Además, triplicaría la productividad y podría duplicar el Producto Interno Bruto (PIB), pasando de un PIB de 3,1%, a un PIB de 6,1% en 2030.
Para llegar a estas cifras, el estudio creó una simulación para calcular el impacto potencial de la IA en el mercado laboral, la que consta de dos pasos: índice de adopción de IA y nuevas inversiones, las que sumadas, deberían arrojar el efecto neto de la IA, el que se traduce en número de horas de trabajo ahorradas y creadas, y en la productividad adicional.
Rademacher señala que sectores como la banca y minería ya invierten en IA, por ejemplo, en mantenimiento y equipamiento, pero «con una cantidad pequeña que vaya a IA de cara a ideas, generaría un círculo virtuoso que demostraría que es beneficioso para la empresa y empleados», afirma.
Reconversión laboral
De la mano con el avance de la IA, el reporte señala que invertir en la reconversión de los trabajadores existentes y la capacitación de nuevos empleados, tendría un impacto en los trabajos de alta calificación, los que podrían aumentar de 40% (sin maximización de IA) a un 54%.
«La IA es un habilitador de la reconversión laboral (…), uno de sus beneficios es que libera a las personas de tareas altamente repetitivas, que no le generan mucho valor», afirma Rademacher.
Explica que de no acelerar el proceso de reconversión laboral, Chile se expone a «una pérdida de competitividad» y que se deben impulsar iniciativas conjuntas para promover la recalificación.
Hasta la fecha, existen iniciativas que apuntan a la reconversión laboral, como el programa «Talento Digital», iniciativa liderada por el Ministerio de Hacienda y que busca revertir el déficit anual de 5.000 trabajadores TIC, a través de la capacitación de 16 mil personas a 2023. Al respecto, Rademacher señala que «hay que tener un foco en skills digitales, como programadores, gente con pensamiento computacional, también en educación online, personas con visión de negocio creativa (…) Hay que trabajar en conjunto para lograr una recalificación efectiva», señala el ejecutivo.
Fuente: Diario Financiero, enero 08 de 2020
Los trabajadores que presten servicios continuos al mismo empleador en virtud de dos o más contratos por obra o faena determinada y que sobrepasen el año, tiene derecho a a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 67, inciso 2, del Código del Trabajo, los trabajadores que presten servicios continuos al mismo empleador en virtud de dos o más contratos por obra o faena determinada y que sobrepasen el año, tienen derecho a a un feriado anual de quince días hábiles, con remuneración íntegra.
Conforme a la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo, de la norma anterior se concluye que el legislador ha consagrado el derecho a hacer uso de un feriado legal de 15 días hábiles, con derecho a remuneración íntegra, no sólo a los trabajadores sujetos a un contrato por obra o faena que ha durado más de un año, sino también a los trabajadores que hubieren prestado servicios continuos a un mismo empleador en virtud de dos o más contratos por obra o faena que, en conjunto, excedan de un año.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 67; Dirección del Trabajo, Dictamen 954/9 de 15/03/2019)
Fuente: Dirección del Trabajo, enero 08 de 2020
La sentencia establece que aun cuando se trata de un pago erróneo, ello no habilita al empleador a descontar unilateralmente, y sin apego a las normas de orden público que regulan la materia, un bono que no se debía dado que la trabajadora no cumplía con los requisitos que habilitaban su procedencia. Luego, cualquiera sea la nomenclatura que se utilice, lo cierto es que se efectuó un descuento sin que existiera un pacto previo entre empleador y trabajador, necesario para la realización de la discutida deducción.