En junio se deberán renovar más de 3 millones de estos seguros obligatorios. La mantención de la alerta sanitaria en el país es un factor clave en la suscripción de las pólizas.
En junio se termina el primer año de cobertura de los seguros obligatorios Covid-19 que fueron contratados por las empresas en pandemia a sus trabajadores. La situación ha generado una serie de dudas y consultas al interior de las gerencias de recursos humanos respecto de la renovación de esta póliza, considerando la mejor situación sanitaria que enfrenta el país actualmente.
La póliza es conocida como el SOAP de los seguros de salud y fue una de las medidas que activó el gobierno anterior para enfrentar la pandemia, implementada a través de la Ley Nº 21.342.
Según datos del sitio web comparaonline.cl, el costo de las pólizas varía entre los $ 7.439 y los $ 12.279. Para este proceso de renovación, en el mercado esperan que los precios caigan.
Según fuentes del mercado asegurador, las consultas de las empresas sobre la renovación de esta póliza se multiplican a medida que se acerca su término.
“Observamos un interés en los empleadores por entregar protección y bienestar a sus colaboradores a través de esta solución. Por su parte, los colaboradores también se muestran interesados en el beneficio que conlleva este seguro, pues significa poder resguardarse frente a una eventualidad en la que podrían incurrir en grandes gastos médicos, incluso en caso de fallecimiento”, comenta el gerente de vida y salud de Seguros Sura, Fernando Herrera.
Sin embargo, entre los empleadores no existe claridad respecto de los pasos a seguir respecto del proceso de renovación, ya que la contratación del seguro está ligada a la alerta sanitaria que se encuentra vigente y que fue renovada por el Ministerio de Salud el 28 de marzo, hasta el próximo 30 de septiembre.
“Las empresas están preguntando qué pasa con el seguro, cuánto va a costar. No todas tienen conocimiento y claridad de la extensión de la alerta sanitaria y, por lo tanto, casi accidentalmente se han ido informado, cuando colocan una nueva póliza del seguro al contratar a un trabajador”, dice un alto ejecutivo del sector.
Actualmente, existen casi 6.400.000 pólizas de este tipo contratadas, pero en junio, serán cerca de 3.177.000 las que deberán ser renovadas, es decir, un 50% del total.
La ley estableció que el seguro obligatorio Covid-19 lo deben suscribir los empleadores para todos los trabajadores contratados en el sector privado, sujetos al Código del Trabajo, y que estén llevando a cabo labores presenciales, de manera total o en formato híbrido.
El producto cubre gastos hospitalarios derivados del coronavirus y, además, trae aparejado un seguro de vida en caso de fallecimiento asociado al Covid-19 por un capital de UF 180 ($ 5.829.791).
Y pese a que la alerta sanitaria termina el 30 de septiembre los seguros mantendrán su cobertura por un año. Cuando acabe la alerta, solo se terminará la obligatoriedad de los empleadores de suscribir el contrato.
¿Precios a la baja?
Hasta ahora, 16 compañías de seguros comercializan el seguro obligatorio Covid-19, entre las que se encuentran 10 firmas de vida y seis generales.
Según datos del sitio web comparaonline.cl, el costo de las pólizas varía entre los $ 7.439 y los $ 12.279. Para este proceso de renovación, en el mercado esperan que los precios caigan.
“Lo que se puede decir es que las compañías esperan un precio menor que el año pasado, por razones obvias. Hoy, el escenario es muy distinto, porque pese a que se ha registrado un alza de casos en las últimas semanas, la situación sigue siendo sustancialmente mejor que al año pasado a esta misma fecha, entonces, la probabilidad de riesgo para las aseguradoras es menor”, comenta un ejecutivo del sector.
La experiencia de las compañías
La implementación del seguro Covid-19 fue un desafío para el negocio asegurador, ya que la ley se tramitó en pocos días, obligando a las compañías a actuar con rapidez.
“Las compañías necesitaron un proceso de back office bastante robusto, para que la colocación y la gestión de esta póliza operara en forma exitosa. El año pasado eso no ocurrió en un principio, hubo muchas dificultades, porque la política que originó el seguro fue muy rápida. Las compañías tuvieron que hacer esfuerzos para poder montar sus sistemas en un muy corto plazo”, señala el gerente de vida y salud de la corredora de seguros Gallagher Chile, Raúl Ossandón.
El vicepresidente ejecutivo de la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH), Jorge Claude, apunta que las firmas ya cuentan con un mayor nivel de experiencia en el seguro para llevar adelante un proceso expedito de renovación.
“Las compañías de seguros tienen todo un año de experiencia con el producto y ya desarrollaron los sistemas. Además, tienen una experiencia de siniestros que les permitirá afinar bastante más la puntería respecto de cuál será la oferta a los empleadores”, dice.
Fuente: Diario Financiero, mayo 11 de 2022
Presidente Boric autorizó que el REL entre plenamente en vigencia en junio de 2023. La idea es dar tiempo a mejoras a la plataforma.
El Registro Electrónico Laboral (REL) se ha transformado en un dolor de cabeza para las empresas. Intermitencia del sistema, imposibilidad para subir información de manera masiva y caída de la plataforma, son algunos de los problemas que han observado en estos meses algunas firmas y sus áreas de recursos humanos, quienes -producto de la Ley de modernización de la Dirección del Trabajo- han debido publicar en la plataforma web del servicio (Portal Mi DT) una serie de antecedentes laborales.
Contratos, pactos especiales, registro de asistencia, contratos colectivos, comités paritarios, son algunos de los documentos e informaciones que los empleadores deben registrar en la plataforma de acuerdo a lo consignado en un cronograma.
Según un informe que analizó los problemas de la plataforma, entre 2019 y 2020 no se planificaron las acciones para preparar y mejorar la infraestructura y el sistema digital de forma de atender el aumento en la carga de transacciones que se pronosticaba.
Pero, debido a los inconvenientes que el sistema ha mostrado, a los empleadores se les ha hecho difícil cumplir con los plazos iniciales para registrar la información.
Las complejidades
La dificultad de la tarea de subir datos se vio graficada en un informe de diagnóstico que recientemente elaboró el servicio -ahora bajo la administración el nuevo director, Pablo Zenteno- y que fue enviado al Ministerio del Trabajo.
En dicho escrito, se explica que la causa principal de la gran mayoría de los problemas técnicos que provocan las intermitencias en los servicios digitales del servicio, es principalmente el dimensionamiento insuficiente, “ya que no se planificaron entre el 2019 y el 2020 las acciones necesarias tendientes a preparar y mejorar, tanto la infraestructura ni tampoco el sistema digital, para poder dar cuenta del aumento en la carga de transacciones que se pronosticaba una vez que el Portal MiDT entrara en completa operación”.
A modo de ejemplo, en un inicio cada registro en el Libro de Remuneraciones tomaba seis minutos en procesarse. Tiempo de carga que si bien se mejoró con posterioridad, siguió siendo insuficiente debido a otros problemas de la plataforma.
Por estas razones, Zenteno decidió solicitarle al Ministerio del Trabajo y al mandatario, Gabriel Boric, prorrogar los plazos.
“Esto no significa que estemos postergando la modernización de la Dirección del Trabajo, estamos muy de acuerdo con avanzar hacia la modernización, pero nos dimos cuenta que no están las condiciones para ello en la infraestructura tecnológica”, explica Zenteno.
De acuerdo a lo autorizado por el mandatario, el registro de las informaciones en cuestión -a excepción de los contratos de trabajo cuyo plazo no puede modificarse ya que quedó consignado directamente en la Ley de modernización-, entrará a regir en un plazo de 20 meses desde que se publicó el decreto con el reglamento que determinó los documentos que los empleadores deberán mantener obligatoriamente en el portal de la DT.
En resumen, el REL entrará plenamente en vigencia en junio de 2023.
“Hoy no tenemos la capacidad para atender a los usuarios. Entonces, lo que esperamos es ganar este tiempo, preparar la plataforma, mejorarla, solucionar los problemas identificados”, explicó Zenteno.
Fuente: Diario Financiero, mayo 3 de 2022
El organismo permitirá obtener un certificado de indisponibilidad técnica a los empleadores que han tenido dificultades para cumplir con la exigencia.
Este sábado el plazo para que los empleadores registren los contratos de trabajo suscritos antes del 1 de octubre de 2021 en el Registro Electrónico Laboral (REL) en la plataforma electrónica de la Dirección del Trabajo. Sin embargo, pese a que ese es el plazo que estableció la Ley de Modernización de dicho servicio, muchos empleadores no han podido dar cumplimiento a la exigencia.
¿La razón? Las intermitencias en el funcionamiento de la plataforma han impedido que los empleadores puedan registrar los contratos.
“La Ley dice que los empleadores deben registrar hasta el 30 de abril todos los contratos de trabajo que haya suscrito antes del 1 de octubre de 2021, hemos tenido muchas dificultades en nuestras plataformas, no se adoptaron las medidas suficientes para tener todo el respaldo y el soporte tecnológico que nos permita registrar toda esa información”, cuenta el director del Trabajo, Pablo Zenteno.
Por este motivo, la Dirección del Trabajo abrió la posibilidad de obtener un certificado acreditador de esa dificultad a fin de que el empleador no sea objeto de las sanciones y multas previstas legalmente.
Según explicó Zenteno, lo que decidió el servicio fue implementar una solución “que dé un alivio” a los empleadores.
Así, a través de un certificado de indisponibilidad técnica -que se tiene que pedir en la página de la DT-, se constata que debido al fallo de la plataforma no se pudo cumplir con el plazo exigido por la Ley. “Esto va a permitir que los empleadores y empleadoras no sean multados, ni sancionados, porque sabemos que la plataforma tiene que funcionar para que puedan registrar esta información”.
Los empleadores podrán acceder a esta herramienta hasta el lunes 2 de mayo.
Consultado respecto a por qué no se amplió el plazo para dar cumplimiento a esta obligatoriedad, Zenteno explicó que ese es el plazo que quedó consignado en la Ley, y para modificarlo se debe impulsar un cambio legal. “Estamos tomando todas las medidas para dar solución a estos problemas”, agregó el director.
Para conseguir el certificado, el empleador debe ingresar a www.direcciondeltrabajo.cl, y allí ingresar a la plataforma MiDT y solicitarlo. El certificado se entregará independiente del número de contratos que no haya podido registrar. Luego, en un plazo máximo de tres días hábiles este certificado será enviado a la casilla de correo electrónico registrada por el empleador ante la Dirección del Trabajo.
Fuente: Diario Financiero, abril 29 de 2022
La ministra Jara señaló que los resultados del Informe Anual de Estadísticas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo estuvieron influidos por la baja tasa de comparación de 2020, año marcado por las restricciones a la movilidad.
El Gobierno dio a conocer este jueves el Informe Anual de Estadísticas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo correspondiente al año 2021, el cual reporta las cifras del ejercicio pasado sobre accidentabilidad en el trabajo, o en el trayecto, de fatalidades y de enfermadades de origen laboral.
Entre las principales conclusiones del estudio destaca que la tasa de accidentabilidad registrada el año pasado alcanzó a 2,6 accidente de trabajo por cada 100 trabajadores. Si bien el resultado representa un aumento de 0,4 punto respecto al período anterior, dicha alza se explica por la baja tasa de comparación de 2020, año en el cual las restricciones de movilidad y cuarentenas, producto de la pandemia, afectaron fuertemente el mercado del trabajo y la presencialidad laboral.
Sobre esto, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara señaló «es necesario destacar, más allá del alza puntual de 2021, la baja sostenida que ha presentado este indicador como tendencia durante los últimos diez años. Es algo positivo que nos permite señalar que hay una mejora en las condiciones y espacios laborales».
Por otro lado, los accidentes de trabajo aumentaron de 113.202 a 135.715 y afectaron, principalmente, a hombres, en el 72% de los casos, mientras que los accidentes de trabajo de las mujeres representaron el 28%.
Respecto de los accidentes en el trayecto, y dada la mayor movilidad experimentada por los trabajadores en 2021, se observó un incremento del 15%, llegando a 45.601 casos, casi 6 mil más que el año anterior. La diferencia por sexo en el caso de accidentes de trayecto es menor, siendo un 56% en hombres y un 44% en mujeres.
En cuanto a los accidentes laborales de trabajo y trayecto con resultado de muerte, se ve un aumento de 35 casos respecto al año 2020, alcanzando las 339 personas fallecidas en 2021.
En materia de enfermedades profesionales, el número de denuncias creció en 18,4% comparado con 2020, llegando a 241.968, en las que se incluyen los casos de covid-19 confirmados; covid-19 contacto estrecho y, en menor medida, covid-19 sospechosos.
No obstante, al excluir los casos asociados a coronavirus, igualmente se observa un alza de un 14,3% en las denuncias en el resto de los diagnósticos respecto al año anterior y de 18,9% respecto de 2019, año sin efectos ocasionados por la pandemia.
«Es necesario destacar, más allá del alza puntual de 2021, la baja sostenida que ha presentado este indicador como tendencia durante los últimos diez años. Es algo positivo que nos permite señalar que hay una mejora en las condiciones y espacios laborales»
Jeannette Jara, ministra del Trabajo
Respecto a la calificación de origen, del total de las denuncias el 67% fueron calificadas como de origen laboral, porcentaje mayor al 56% del año 2020 continuando la influencia de la cobertura del Seguro de los casos de covid-19 contactos estrechos, de covid-19 confirmados y covid-sospechosos, que en el 88%, 70% y 25% de las denuncias, respectivamente, fueron calificadas como de origen laboral.
Así, del total de enfermedades de origen laboral (excluyendo los casos de coronavirus por contacto estrecho y sospechosos), el 60,1% corresponde a casos de covid-19 confirmados, un 20,6% de casos de salud mental, un 8,3% a enfermedades musculoesqueléticas y un 10,9% asociados a otros diagnósticos. Si se excluyen los casos asociados a la pandemia que fueron confirmados, las enfermedades de salud mental representan un 51,5% del total de enfermedades laborales.
Las enfermedades laborales se distribuyen en un 40% en el caso de las mujeres y un 60% en el caso de los hombres.
Sin considerar los contagios por covid-19, los principales diagnósticos para las mujeres son las enfermedades de salud mental (64%), dermatológicas (15%) y musculoesqueléticas (12%). Para los hombres las principales enfermedades tienen relación a los diagnósticos de salud mental (38%), musculoesqueléticas (31%) y audiológicas (13%).
Fuente: Emol economía, abril 29 de 2022
Si en enero de 2023 el sueldo mínimo sube a $ 410.000, desde ese mes y hasta abril el aporte del gobierno será de $ 32.000 por cada funcionario.
Casi cinco horas estuvieron reunidas las autoridades del Ministerio de Economía -lideradas por el titular de la cartera, Nicolás Grau, y la susbecretaria Javiera Petersen- y los gremios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyme) hasta que alcanzaron un acuerdo sobre el apoyo que se entregará a las firmas para que puedan pagar un salario mínimo más alto, que subirá un primer peldaño en mayo, y que en agosto llegará a $ 400.000.
Pasadas las 17:00, Petersen comenzó a leer lo convenido, que establece un subsidio base para las MiPyme de $ 22 mil por trabajador que antes de mayo ganaba el mínimo. El mismo aporte se entregará entre mayo y abril de 2023 si en enero el salario mínimo se mantiene en $ 400.000.
Pero, si se ajusta a $ 410 mil en enero de 2023 -lo que pasaría si la inflación supera el 7%-, el subsidio subirá a $ 32 mil, y los detalles serán especificados en un anexo.
La propuesta anterior del Ejecutivo planteaba que las empresas se hicieran cargo del aumento equivalente a la inflación, y que el gobierno subsidiara el “alza real”, o sea sobre el IPC.
El ministro reconoció que el que el subsidio sea estable y no dependa de la inflación de cada mes se acogió en pos de la mayor estabilidad para las MiPyme. Y aclaró que si una empresa contrata trabajadores cuando el beneficio ya esté vigente, va a subir el subsidio proporcionalmente a la cantidad de personas que contrataron.
Detalló que el monto total de la iniciativa también será mayor, pero que su costo fiscal estará especificado en el proyecto de ley que ingresará al Congreso mañana. Tanto el alza del salario mínimo como el subsidio a las MiPyme ingresarán como un mismo proyecto de ley.
Lo que sí se mantiene desde el plan original es que la Tesorería será la encargada de pagar el aporte, y que su entrega se hará de la misma forma que se hizo con el Bono PYME.
Otro punto clave para los gremios fue que en el acuerdo se incluyeran preocupaciones de largo plazo, que se comenzarán a abordar el viernes en el Consejo Consultivo PYME. Ahí se abordarán temas como la reducción de jornada laboral, la modificación de la Ley de Pago a 30 días, la reforma a la Ley de Compras Públicas, y las medidas anunciadas en el plan “Chile Apoya”. El gobierno también se comprometió a estudiar alternativas de refinanciamiento de los Fogape adquiridos en pandemia.
Los que no firmaron
Firmaron el acuerdo la Asech, Conupia, CNDC, la Cámara Regional de Comercio de Valparaíso, Asexma, Convergencia Nacional de Gremios Pyme y Cooperativas de Chile, Unapyme, Aneet Chile, y Mipymes A.G.
La Multigremial Nacional de Emprendedores, Fedetur y Conapyme decidieron restarse de la firma. El primer gremio valoró la instancia de diálogo, pero no estuvieron de acuerdo con la propuesta final, ya que acusan que el gobierno no se está haciendo de cargo de toda la inflación de 2022.
Su presidente, Juan Pablo Swett, agregó que “el subsidio debe prolongarse por mucho más tiempo que un año, porque si no en abril de 2023 las MiPyme tendrán un aumento mucho más fuerte del salario mínimo del que no podrán hacerse cargo”.
Según detallaron dirigentes PYME, uno de los puntos que retrasó la discusión fue que el gobierno planteó que el subsidio fuera decreciendo en el tiempo. Puntualmente, se proponía que en mayo el aporte del gobierno fuera de $ 15.000, pero fuera bajando los dos meses siguientes. En agosto -cuando se llegara a los $ 400.000- el subsidio volvería a subir, ahí a $ 29.000, pero iría disminuyendo hasta abril de 2023.
La idea de que el subsidio fuera decreciendo no fue bien recibida por los dirigentes PYME, y finalmente las partes optaron por un monto fijo a lo largo del tiempo -como impulsaban algunos gremios-, y no por ajustar el subsidio cuando se produzca el aumento general en agosto.
El ministro Grau destacó que “el resultado de este subsidio que estamos haciendo para las MiPyme es no solamente un buen acuerdo por quienes lo componen, sino que el diseño ahora es mejor”. Destacó que “cuando se conversa con quienes están a cargo de emprendimientos, con quienes están ahí, mejora la política pública”, y agregó que “el hecho de tener un Gobierno que escucha y que tiene participación social y que escucha a los gremios no es un asunto cosmético”.
“Estamos convencidos de que un proyecto que aumenta el salario mínimo y que está firmado por la CUT y el mismo proyecto tiene un acuerdo con las MiPyme para ayudarlos a cubrir ese aumento, es una señal importante para el país de que somos capaces de ponernos de acuerdo y una señal importante para el Parlamento”, insistió la autoridad.
Fuente: Diario Financiero, abril 28 de 2022
Ya se ha recuperado cerca del 90% de los puestos perdidos debido a la pandemia. De hecho, los trabajos formales en la industria manufacturera retornaron a niveles previo al Covid-19.
La cifra significó un descenso de 2,6 puntos porcentuales (pp.) frente al mismo lapso de 2021, dado que el alza de la fuerza de trabajo (5%) fue menor a la presentada por las personas ocupadas (8%), dijo el INE en un comunicado.
Así, en los primeros tres meses del año, se crearon 59.630 empleos. Se trata del décimo aumento consecutivo después de las caídas que se observaron durante los trimestres móviles febrero – abril 2021 y marzo – mayo 2021, hace casi un año.
Con respecto al punto más bajo observado en 2020 (trimestre mayo – julio), los datos permiten ver que se ha registrado un aumento acumulado de 867.239 hombres y 748.955 mujeres ocupadas, lo que deja un alza total de 1.616.194 personas ocupadas a nivel nacional. En suma, ya se ha recuperado el 87,2% de las plazas laborales que se perdieron como consecuencia de la paralización económica que generó la crisis sanitaria.
“Es el nivel más alto de recuperación”, dijo la directora del INE, Sandra Quijada, agregando que actualmente existe un repunte importante de personas que han entrado a la fuerza de trabajo y algún porcentaje que ha transitado a la inactividad habitual.
Al observar los datos sin ajuste estacional, se constata un aumento acumulado de 903.169 ocupaciones formales y 821.200 informales, lo que deja un alza total de 1.724.369 personas ocupadas.
Como contraparte, las personas desocupadas disminuyeron un 20,9%, incididas por quienes se encontraban cesantes (-23,1%) y por aquellas que buscan trabajo por primera vez (-0,2%).
¿Quiénes impulsaron las cifras?
El alza de las personas ocupadas fue incidida por las mujeres (10,5%) y luego por los hombres (6,2%).
Por sector económico, el aumento de la población ocupada fue incidido por comercio (9,9%), actividades de salud (15,6%) y construcción (11,4%).
Quijada también destacó la recuperación de trabajos formales en los sectores de industria manufacturera, en donde se superó el nivel previo a la pandemia (131,9% de ocupados) y actividades de salud que fue uno de los pocos sectores que en el peor momento de la pandemia registró aumentos en vez de disminuciones.
Bajo la lupa de la categoría ocupacional, en el resultado influyó el crecimiento de las personas asalariadas formales (7,9%) junto con por el segmento de cuenta propia (8,2%) e informales (9,7%).
En este contexto, de hecho, la tasa de ocupación informal alcanzó 27,3%, lo que implicó un incremento de 0,6 pp. en doce meses, con avances sobre 10% tanto en hombres como mujeres.
Participación laboral
En doce meses, las tasas de participación y desocupación se situaron en 59,5% y 54,9%, respectivamente, lo que implicó aumentos de 2,2 pp. y 3,5 pp., en cada caso.
En tanto, la población fuera de la fuerza de trabajo disminuyó 4,1%, influida únicamente por las personas inactivas potencialmente activas (-29,7%).
Con relación a los inactivos potencialmente activos, los datos mostraron que éstos mantuvieron su dinámica decreciente en 12 meses. Así, totalizaron 850.820 personas, lo que significó una disminución respecto al trimestre móvil anterior de 4,4% (38.734 personas).
En doce meses, el volumen de trabajo, medido a través del número total de horas efectivas trabajadas por las personas ocupadas, ascendió 11,2%.
De igual modo, el promedio de horas trabajadas creció 3%, llegando a 36,5 horas. Según sexo, el promedio para los hombres fue 38,9 y para las mujeres, 33,1 horas.
Diferencias respecto a la encuesta de la UC
Consultada respecto a los datos que ha mostrado el sondeo realizado por el Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la Universidad Católica, Quijada enfatizó que se trata de mediciones distintas que no deben ser comparadas debido a utilizan metodologías diferentes.
Según explicó la directora del INE, ellos como servicio muestran en sus datos “un dinamismo más parsimonioso”, debido a la metodología y los periodos analizados. “Nosotros monitoreamos el dinamismo del mercado laboral durante todo el periodo, no durante un periodo puntual, no con una foto tan acotada como lo hace la encuesta de la UC”.
Así, Quijada enfatizó que, si bien los dos instrumentos aportan a mirar lo que está pasando en el mercado laboral, “la estadística oficial es la del INE, y tiene una película de lo que pasa durante el trimestre más que una foto puntual”.
En la conferencia realizada por la directora, también se refirió al proceso de trabajo en torno al Censo 2023: “Estamos trabajando para que eso suceda durante el próximo año, y este año estamos trabajando la prueba censal”, dijo, agregando que prontamente se entregarán más antecedentes al respecto.
Fuente: Diario Financiero, abril 28 de 2022
En caso de que la inflación supere el 7% a diciembre de 2022, el ingreso básico se incrementará en 410.000 a contar de enero de 2023.
Este lunes, el Gobierno llegó a un acuerdo con la Unidad Central Unitaria de Trabajadores, donde establecieron un reajuste de $50.000 mil pesos en el salario mínimo y otras medidas para compensar el aumento de la inflación.
En una mesa de trabajo, donde participaron los ministros Mario Marcel (Hacienda) y Jeannette Jara (Trabajo), junto con el presidente de la CUT, David Acuña, y el secretario del organismo, Eric Campos, estos acordaron un alza de $50.000 mil pesos en 2022 para todo trabajador entre los 18 y 65 años.
«Para nosotros es motivo de satisfacción no solo por tratarse de la primera negociación formal que tenemos con la CUT, sino que también por la materialización de una parte importante de la agenda del Presidente Gabriel Boric. En este acuerdo tenemos tres grandes componentes, uno es el reajuste del salario mínimo, otro es la serie de medidas para compensar la inflación y en tercer lugar tenemos acuerdos en materia de trabajo decente», dijo el ministro Mario Marcel.
En una primera instancia, a contar del 1 de mayo de este año, se incrementará el ingreso mínimo mensual a $380 mil pesos. Posteriormente, a contar del 1 de agosto del 2022 se incrementará hasta $400 mil pesos.
En caso de que la inflación acumulada en 12 meses a diciembre de 2022 supere el 7%, el salario mínimo se incrementará en $410.000 a contar de enero de 2023.
«El ingreso mínimo mensual para menores de 18 años y mayores de 65 años, así como el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneraciones se reajustará en las mismas proporciones y fechas», estipula el acuerdo.
El Estado otorgará una compensación transitoria a las micro, pequeñas y medianas empresas destinadas a graduar la absorción del incremento real del ingreso mínimo.
Protección frente a la inflación
Dentro de los acuerdos alcanzado en la mesa de trabajo entre el Gobierno y la Central Unitaria de Trabajadores, se estableció un Observatorio del Valor al Público de la canasta básica de alimentos, que será implementando por el Servicio Nacional de Consumidor.
Este organismo reportará públicamente al Consejo Superior Laboral. En caso de detectar anomalías en el comportamiento de los precios, se informará a la Fiscalía Nacional Económica.
Asimismo, se estableció un beneficio, el cual será compensatorio al aumento del valor de la canasta básica de alimentos. Este se calculará mensualmente con base en la variación del valor nominal de dicha canasta en los 12 meses previos.
Este se otorgará por causante de Asignación Familiar y se pagará entre mayo y diciembre de este año, cuyo monto tendrá, de manera excepcional, un mes adicional por trabajador con carga.
Promoción del trabajo decente
Este lunes, el Gobierno anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley que flexibiliza los requisitos de ingreso al seguro de desempleo.
Para ello se creará una mesa de trabajo con todos los actores involucrados en la rebaja de la jornada de trabajo a 40 horas, para así considerar su diseño y gradualidad.
En esa línea, durante el 2023, se enviará al Parlamento una iniciativa que modifique las normas sobre derecho colectivo del trabajo, considerando el ámbito y nivel de la negociación colectiva.
Por último, se propondrá al Poder legislativo la ratificación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo.
Fuente: Emol economía, abril 25 de 2022
Análisis del director del Observatorio del Contexto Económico de la UDP mostró que 15,6% de los asalariados es parte de alguna modalidad de subcontratación.
La legislación laboral en el el país se apresta a enfrentar una serie de cambios de aprobarse la nueva Constitución. Ya pasaron al borrador del nuevo texto propuestas en el sentido de garantizar la libertad sindical, el derecho a huelga y la posibilidad de que los trabajadores -a través de organizaciones sindicales- puedan participar en las decisiones de las empresas.
Una idea que no logró el quórum de dos tercios del pleno de la Convención Constitucional -y, por ende, volvió a comisión para una nueva redacción- fueron los límites que desde algunos sectores se querían establecer a la subcontratación o tercerización. Es decir, a aquella modalidad utilizada por las empresas para delegar en terceros ciertos procesos que son necesarios para el desarrollo de sus actividades, pero que usualmente no forman parte de su giro directo (core business).
Pero, ¿qué tan extendida es esta práctica en Chile? ¿Es efectivamente un tipo de trabajo precarizado? ¿Qué dicen las cifras? Estas fueron parte de las preguntas que respondió un análisis del director del Observatorio del Contexto Económico de la Universidad Diego Portales (OCEC-UDP), Juan Bravo, basado en la la Encuesta Nacional de Empleo del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
Bajo el título “Tercerización en Chile: magnitudes y características de las relaciones laborales multipartitas”, el economista identificó que los asalariados adscritos a alguna de las modalidades correspondientes a subcontratación sumaron 1.003.867 en el trimestre diciembre 2021 – febrero 2022, lo que equivale a 15,6% del total de personas con contrato.
La prevalencia de esta figura, que tiene como contraparte los 5.411.877 de quienes tienen una relación laboral directo con la compañía en que se desempeñan, llega a 25,7% en el sector público, mientras que en en el ámbito privado alcanza a 13,6%.
Por rubro económico, minería es el rubro que lidera en subcontratación, ya que el 52,3% de los asalariados está bajo esta modalidad.
Otras ramas con una alta participación de trabajadores tercerizados son suministro de electricidad y gas, enseñanza y salud, con niveles de 35,9%, 26,2% y 26,1%, respectivamente.
¿Precarización?
Para Bravo, el debate en torno a la tercerización se debe realizar a la luz de la evidencia, ya que ésta demuestra que los empleos tercerizados “no tienen una mayor precariedad”.
De hecho, las cifras dan cuenta de que la tasa de ocupación informal para el segmento de asalariados tercerizados es de 10,3%, la que constrasta con el 15,6% en el caso de aquellos no tercerizados.
Con respecto a la estabilidad laboral, las cifras indican que el porcentaje de contratos indefinidos es menor en el segmento de tercerizados es de 58,7% en comparación a 73,5% en los no tercerizados.
Según complementa Bravo, los trabajadores tercerizados exhiben mejores indicadores en materia de seguridad social respecto a sus contrapartes, ya que en el caso de la subcontratación existe en la legislación laboral la responsabilidad solidaria y la responsabilidad subsidiaria.
¿Qué significa esto? que la empresa principal (mandante) está obligada a responder por las deudas laborales y previsionales en que hayan incurrido sus contratistas o subcontratistas con sus trabajadores, por lo que tienen menos posibilidades de que nadie responda por sus cotizaciones.
De ahí que Bravo plantee que las cifras no sugieren necesariamente que los empleos asalariados tercerizados tengan un menor grado de seguridad social y, por ende, de formalidad.
A su juicio, otro elemento necesario a analizar para saber si existe precarización laboral, es la existencia de brechas de ingresos entre asalariados tercerizados y no tercerizados.
Conforme a las cifras de la Encuesta Suplementaria de Ingresos del INE del año 2020, el promedio del ingreso de la ocupación principal entre asalariados tercerizados fue de $615.042, mientras que entre los asalariados no tercerizados dicha cifra fue de $ 728.790. Una diferencia de 18,5%.
Bravo explica que la diferencia salarial radica en que entre los trabajadores tercerizados hay una proporción mayor de trabajadores en ocupaciones de baja calificación y una proporción menor en ocupaciones de alta calificación en comparación a los trabajadores no tercerizados.
“Quienes ejercen ocupaciones de baja calificación tienen una menor capacidad de generación de ingresos considerablemente menor a los de alta calificación”, explica el economista.
Consultado respecto a si debe o no limitarse en la Constitución el uso de esta modalidad laboral, Bravo es claro: este es un aspecto que debe ser regulado en la legislación laboral, y no en la carta fundamental.
“Cuando uno mira las normas que se han aprobado, uno ve que hay aspectos demasiado específicos sobre el mercado laboral, y la Constitución no debe transformarse en otro Código del Trabajo, porque para eso existe la legislación laboral, para ver todos los aspectos detallados del mercado laboral”, enfatiza.
Los trabajadores por turno,
otra mirada al mercado laboral
Un análisis realizado por el INE mostró que las personas ocupadas que trabajan bajo algún sistema de turno en el país sumaron 618.677 en el trimestre diciembre-febrero 2022, lo que representa un 7,1% del total. El valor más bajo observado fue en agosto-octubre de 2020, con 480.206 personas, agregó el reporte.
De todos quienes laboran por turno, el 73,1% correspondió a hombres (452.008) y el 36,9% a mujeres (166.669). Si se compara con el conjunto de ocupados por sexo, los primeros son el 5,2%y las segundas el 1,9%.
La revisión de las cifras por sector económico muestra que este esquema se encuentra concentrado en las ramas de minería, actividades de salud, industria manufacturera y transporte, los cuales -por sus características productivas- requieren un funcionamiento continuo.
Coherente con lo anterior, las regiones que presentaron las mayores participaciones relativas de personas ocupadas con turnos fueron Antofagasta (24,2%), Atacama (20,4%) y Tarapacá (13,6%).
El total de horas trabajadas por los ocupados bajo sistema de turno, luego de aplicar los ajustes correspondientes -señala el INE-, tiene una distribución similar a la de horas habituales por los ocupados nocturno, permitiendo su homologación.
De todas formas, las personas ocupadas que declaran el deseo y la disponibilidad de trabajar horas adicionales representaron al 11,5% del total de la población ocupada. Segúnsexo, los hombres ocupados representaron al 12%, mientras que en las mujeres ocupadas al 10,8%.
Fuente: Diario Financiero, abril 25 de 2022
El número de trabajadores ocupados llegó a 9,16 millones en abril, superior a lo registrado antes de la llegada del coronavirus al país.
Luego de tres meses sin realizarla, la Universidad Católica volvió con su encuesta de empleo este martes, mostrando una diagnóstico del mercado laboral chileno durante la primera semana de abril y dando cuenta de cifras positivas, sobre la recuperación de los empleos.
El número total de ocupados, según el sondeo, es de 9,16 millones de personas, superando así por primera vez el número trabajadores ocupados registrados antes de que la pandemia de covid-19 se instalara en el país en marzo de 2020.
El nivel de empleo durante la primera semana de abril es, en total, 96 mil empleos superior al existente previo a la llegada del coronavirus a territorio nacional.
La tasa de empleo, además, se recuperó con fuerza llegando a 57,2%. Es decir, solo resta subir 1 puntos porcentual (pp.) para retomar el nivel que el mercado laboral chileno exhibía en la era prepandemia (58,2%).
En todo caso, el economista y director del Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la UC, Davide Bravo, comentó que si bien se recuperó el nivel de ocupados previo al arribo del coronavirus, han pasado dos años desde el inicio de la crisis sanitaria y la población en edad de trabajar ha aumentado en 447 mil personas.
Por ende, comentó que para tener la misma tasa de ocupación prepandemia se requeriría tener un número total de 9,33 millones de ocupados. En concreto, aun faltan por recuperar otros 165 mil empleos.
Por género, las mujeres registraran un nivel de ocupación de 3,97 millones de trabajadoras, superior a las 3,84 millones anotadas antes de marzo de 2020. Como la tasa de ocupación femenina es de 48,6% en abril y este nivel supera el prepandemia, las mujeres se recuperaron de la crisis antes que los hombres.
Estos últimos, apuntaron un nivel de ocupación de 5,19 millones, casi igual a los 5,23 millones previos a la crisis. La tasa de ocupación masculina, en tanto, escaló a 66,2% en abril, inferior en 2,4 pp., a la era antes del covid. Los hombres aún deben recuperar 188 puestos de trabajo, 36 mil para llegar al mismo número y otros 152 mil por el aumento de la población activa.
David Bravo «Las mujeres no solamente recuperaron los empleos que habían perdido durante la pandemia, además dieron cuenta del aumento de la población femenina y están un poco por arriba incluso. Hay empleos adicionales. Las mujeres ya llegaron a la meta, es una muy buena noticia», recalcó, añadiendo que «los que aún tienen un rezago son los hombres».
Por otra parte, el nivel de empleos asalariados se ubicó 1,6% por debajo a la época prepandemia y la cifra de trabajadores de casa particular es todavía un 5,9% inferior. Distinta es la situación de los trabajadores por cuenta propia, que superaron que registro anterior a la crisis en 215 mil personas, quedando un 9,6% por arriba.
A su vez, la tasa de participación laboral sigue siendo inferior, esta vez en 2,2 pp. a lo que era antes del covid-19. Con todo, se ha recuperado en 13,4 puntos desde julio de 2020 -cuando el coronavirus golpeaba más duro al mercado laboral- y está en el nivel más alto desde el inicio de la pandemia, anotando una recuperación del 86%.
Asimismo, un total de 569 mil personas declaró que habría estado buscando trabajo si existiera la crisis sanitaria: 224 mil hombres y 345 mil mujeres. Bravo, además, destacó que a medida que la tasa de participación laboral se acerca a sus niveles pre crisis, disminuye la «distorsión» de la tasa de desempleo, que se ubicó en 6,1% en abril, y en 8,2% si se le agregan las personas que buscarían trabajo sin pandemia.
En tanto, durante la primera semana de abril, un 13,8% de los ocupados trabajó al menos una hora en modalidad de trabajo remoto, es decir, u total de 1,26 millones de trabajadores.
Bravo: «Son buenas noticias»
El economista y director del Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la UC, David Bravo, destacó que «son buenas noticias, en el sentido de que recuperamos la totalidad de los empleos que se perdieron en la pandemia. De hecho, tenemos cerca de 100 mil empleos por sobre el nivel que teníamos antes. Esta es la foto al 10 de abril».
«La meta de la tasa es volver a tener 58,2%, vemos que es 57,2%. Es un salto bien importante, dos puntos en la tasa de ocupación. Ese salto se traduce en que ya pasamos el número absoluto de empleos que teníamos antes de la pandemia, porque todavía quedan empleos por recuperar precisamente porque en el camino aumentó la población», añadió.
Además, el economista destacó que la Región Metropolitana recuperó su situación anterior a la crisis. Esto, «no solamente en número sino que su tasa, casi dos puntos superior. La Región Metropolitana dio por superada la pandemia», aseguró, con una tasa de ocupación que llegó a 61,9%, cuando antes del arribo del covid-19 era de 60,1%.
Fuente: Emol economía, abril 19 de 2022
Para los abogados, la baja cantidad de sanciones responde a diversas causas, entre las que se cuentan el mismo desconocimiento del derecho y reducidas denuncias.
En abril de 2020 comenzó a regir en el país la Ley de Teletrabajo, la cual permitió que empleadores y trabajadores pudieran acordar que los servicios y prestaciones de una persona se realicen desde un lugar distinto al de la empresa.
Dentro de las diversas exigencias incluidas la norma, un aspecto que fue muy bien recibido en el mercado laboral fue la incorporación de la figura del derecho a desconexión en este nuevo esquema. ¿Qué significa esto? Que el empleador deberá respetar los tiempos de descanso de sus trabajadores, garantizando el tiempo en el cual ellos no estarán obligados a responder sus comunicaciones, órdenes u otros requerimientos.
La nueva legislación, que cobró mayor importancia dada el escenario de confinamiento al que obligó la propagación de la pandemia, estableció que el tiempo de desconexión deberá ser de al menos 12 horas continuas en un período de 24 horas.
Además, el empleador no podrá establecer comunicaciones ni dar órdenes en días de descanso o vacaciones de los trabajadores.
Sin embargo, a pesar de que fue un derecho ampliamente difundido por las exautoridades laborales, al parecer los trabajadores aún no dimensionan su existencia, según se desprende de las cifras de multas que ha implementado la Dirección del Trabajo.
De acuerdo a datos del servicio, que fueron solicitadas por el equipo laboral del estudio jurídico de Albagli Zaliasnik (AZ), entre julio de 2020 y febrero de 2022, se han cursado sólo 16 multas relacionadas con el derecho a desconexión en el teletrabajo.
Así, el informe “Sanciones cursadas sobre trabajo a distancia o teletrabajo (Ley N° 21.220)” de la DT indica que se han cursado cuatro multas por no respetar dicho derecho, todas aplicadas en 2021.
Las otras 12 son por no consignar en el pacto de trabajo a distancia o de teletrabajo el definido tiempo de desconexión.
Factores en juego
Para los abogados, la baja cantidad de sanciones puede responder a diversos factores, como poco conocimiento en torno a este derecho, falta de fiscalización y escasas denuncias, entre otras.
Para Jorge Arredondo, socio y director del grupo laboral de AZ, un aspecto que podría explicar la acotada cantidad de multas es que no se ha logrado entender a cabalidad en qué consiste y cuáles son los alcances de este derecho.
“Los límites en este trabajo híbrido o deslocalizado es que el trabajador no logra fijar una frontera clara entre lo que es responder un correo fuera de su jornada y si eso invade o no su vida privada”, afirma.
Por lo mismo, sostiene que un desafío en esta materia es delimitar los contornos de este derecho. “Cómo se hace efectivo, cuáles son las medidas de resguardo. Esto es un desafío, las cifras hablan de ese desafío”, agrega Arredondo.
En el caso de Jaime Salinas, abogado de Salinas Toledo, hay diversas variables detrás de bajadas multas asociadas al derecho a desconexión.
Por un lado, el abogado dice que se trata un derecho que beneficia al personal que no está sujeto horario, y que cuenta con mayor autonomía y responsabilidad, es decir, involucra usualmente a jefaturas, subgerencias y gerencias, los que gestionan con mayor libertad sus propios tiempos dentro del día.
De ahí, estima, no está dentro de sus principales preocupaciones atender a la desconexión en sentido estricto, “la que ven, usualmente, como un asunto que ellos mismos tienen que manejar”.
En segundo lugar, considera Salinas, dada esa autonomía, es poco probable que existan denuncias al derecho desconexión, ya que se trata de un segmento de trabajadores orientados al logro de objetivos más que al cumplimiento de horarios.
Una visión similar tiene Luis Lizama, de Lizama Abogados, quien agrega otro aspecto relacionado con que muchas de las empresas implementaron el teletrabajo por la contingencia sanitaria, por lo cual no tienen interiorizado el cumplimiento de todas las exigencias de la ley.
“El empleador tuvo que mandar al trabajador a su casa y, probablemente, algunos acuerdos que se adoptaron fue que les iban a proveer de internet, escritorios, cosas como esa, pero no todos los trabajadores asumieron que tendrían este derecho”, señala.
Las observaciones del Consejo Superior
Laboral para mejorar la legislación
En abril de 2021, el Consejo Superior Laboral -instancia tripartita de diálogo que creó la reforma laboral de la expresidenta Michelle Bachelet- realizó una evaluación positiva de la normativa, pero planteó que hay desafíos en materia de implementación del teletrabajo desde el punto de vista del respeto a los tiempos de conexión y desconexión, la entrega de herramientas e implementos de trabajo, el pago de los costos de operación y funcionamiento asociados a esta modalidad, así como también mejor preparación en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Tras el análisis, el consejo señaló que se requiere seguir fortaleciendo el cambio cultural que ha implicado esta modalidad de trabajo y la fiscalización, de manera tal de resguardar la delimitación entre los espacios personales y laborales, el cumplimiento de las jornadas laborales y el derecho a desconexión, entre otros.“Es importante resguardar correctamente la seguridad y salud de los trabajadores, no solo desde la perspectiva física, sino también desde la perspectiva de la salud mental”, estableció el documento.
Fuente: Diario Financiero, abril 18 de 2022