¿El CPHS debe participar de la obligación de informar?
Si, los empleadores deberán dar cumplimiento a las obligaciones que establece el Art. 21 del D.S. N°40 a través de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y los Departamentos de Prevención de Riesgos, al momento de contratar a los trabajadores o de crear actividades que implican riesgos. (Art. 23 del D.S.N°40).
Si existe alguna duda, consulta o reclamo referente a las elecciones o designaciones de los miembros del CPHS ¿ A qué organismo se debe dirigir las consultas’
En caso que el CPHS tenga dudas, consultas o algún reclamo relacionado con la designación o elección de los miembros del Comité de Higiene y Seguridad será resuelto sin ulterior recurso por el Inspector del Trabajo que corresponda. (Art. 12 del D.S. N°54).
¿Con cuánto tiempo de anticipación la empresa debe designar a los representantes patronales?
La designación de los representantes patronales deberá realizarse con 15 días de anticipación a la fecha en que cese en sus funciones el CPHS que deba renovarse. (Art. 4 del DS N° 54).
¿Qué pasa si la empresa no designa a los representantes patronales dentro de los 15 días establecidos?
En caso de que los delegados patronales no sean designados en la oportunidad prevista, continuarán en sus funciones los delegados que se desempeñaban como tales en el Comité cuyo periodo termine. (Art. 4 del DS N° 54)
Fuente: AChS, diciembre 02 de 2019
El ciclo de charlas organizado por el Comité de Personas de Asimet y OTIC Asimet, tuvo como relatora el día jueves 24 de noviembre a la abogada, Srta. Paulina Bernal Riquelme, de Estudio Navarro Abogados. En esta oportunidad, el tema de la charla fue “Contratación de trabajadores extranjeros: aspectos laborales, de seguridad social y otros”, de modo que se revisaron los distintos tipos de visas y los requisitos para su otorgamiento, los permisos que pueden solicitarse y las alternativas disponibles para los trabajadores cuyas visas se encuentran aún en trámite, las particularidades que debe tener en cuenta un empleador al contratar a un trabajador extranjero, qué antecedentes solicitar y cómo analizarlos, cuáles son las entidades llamadas a realizar la fiscalización, qué hacer ante una posible fiscalización y las eventuales sanciones laborales y migratorias a las que se expone, entre otros aspectos de interés. Vale señalar que, considerando que este un tema de alta contingencia, se analizaron además las modificaciones introducidas por el gobierno en materia de visas y cómo cambió el escenario en torno a la contratación.
El Imacec del décimo mes de 2019, que cayó 3,4%, se ubicó muy por debajo de las expectativas del mercado, las cuales estimaban una contracción entre 0 y -1%.
La economía chilena se contrajo en octubre muy por debajo de las expectativas del mercado y de Hacienda. Así lo informó esta mañana el Banco Central, el cual reveló que el Indicador Mensual de Actividad Económica (Imacec) del décimo mes del año cayó 3,4% en comparación con igual periodo del año anterior.
La serie desestacionalizada disminuyó 5,4% respecto del mes precedente y 3,5% en doce meses. El mes registró la misma cantidad de días hábiles que octubre de 2018.
La contracción de 3,4% en octubre se trata del peor registro mensual de la economía nacional desde julio de 2009, cuando la actividad decreció un 3,5%. Cabe recordar que la crisis que afecta al país hace más de un mes comenzó el 18 de octubre pasado, por lo que el Imacec dado a conocer hoy alcanzó a considerar las dos primeras semanas del estallido social.
Ante las protestas y paralizaciones, el ministro de Hacienda había proyectado que la actividad de octubre se ubicaría entre 0 y -0,5%. Por su parte, el mercado estimó que la economía podría caer hasta un -1%.
De acuerdo a la información publicada por el Central, el Imacec minero creció 2%, mientras que el Imacec no minero cayó 4%, su peor registro desde mayo de 1999 cuando el indicador decreció 4,1%.
En términos desestacionalizados, y con respecto al mes anterior, el Imacec minero creció 0,9% y el Imacec no minero disminuyó 6,1%.
Según consignó el ente rector, «la actividad económica del mes se vio afectada por el desempeño de las actividades de servicios, comercio e industria manufacturera«.
«En los servicios, destacaron las caídas de educación, transporte, servicios empresariales y restaurantes y hoteles. Compensó parcialmente este resultado el aumento de la actividad de construcción», agregó el Central.
Fuente: Emol economía, diciembre 02 de 2019
Por su parte, el sector minero y el de electricidad, gas y agua también cerraron el mes con números negativos, en un mes marcado por el inicio de la crisis.
Con número negativos cerró el mes de octubre el Índice de Producción Industrial (IPI) que desarrolla el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), esto porque según un boletín publicado durante esta mañana por el organismo, el índice que componen las actividades de manufactura, minería y electricidad, gas y agua disminuyó 3,4% en doce meses.
De los tres índices considerados, el que sufrió la mayor caída fue el Índice de Producción Manufacturera (IPMan), pues presentó una disminución del 5,8% interanualmente, incidiendo -2,692 pp. en la variación del IPI. Según el INE, esto se explicaría «en gran medida, por la disminución interanual de 10,6% en la elaboración de productos alimenticios, que incidió -3,660 pp. en la variación del índice general».
En cuanto a los productos manufactureros que presentaron una menor producción durante el mes pasado, destacaron las harinas y gránulos de pescado, crustáceos, moluscos u otros invertebrados acuáticos debido a una menor captura por veda. También se percibió una disminución en la elaboración de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, lo que se justificó en una menor fabricación de vino de uvas frescas (excepto vino espumoso) envasado, a causa de paralizaciones temporales en algunas plantas del rubro por la contingencia nacional.
«La tercera influencia negativa en el índice general provino de la fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo, debido, principalmente, a una menor producción de tarros, pomos y envases similares de hierro, acero, aluminio y otros materiales metálicos (excepto para gases comprimidos o licuados) por el cierre temporal de algunas fábricas«, explicaron.
En tanto, el Índice de Producción Minera (IPMin) también presentó una disminución de 1,7% respecto al mismo mes del año pasado, restando 0,728 pp. a la variación del IPI como consecuencia de la menor actividad registrada en dos de los tres tipos de minería que lo componen.
Esto porque la Minería metálica (divisiones 04 y 07) se contrajo 1,1% y restó 1,002 pp. a la variación del índice, mientras que la minería no metálica (división 08) se redujo 12,5% e incidió -0,737 pp. en la variación del IPMin.
Por el contrario, los recursos energéticos (divisiones 05 y 06) presentaron un incremento de 9,5% en comparación con octubre del 2018, aportando 0,055 pp. en la variación del índice, lo que se debió a una mayor producción de gas natural y petróleo crudo.
Finalmente, el Índice de Producción de Electricidad, Gas y Agua (IPEGA) se contrajo 0,1% en relación con octubre del año pasado, restando 0,005 pp. al resultado, lo que se justifica en que la electricidad presentó una incidencia negativa de 1,666 pp. en la variación del IPEGA, producto de la menor generación eléctrica del tipo hidráulica.
En tanto, el gas aumentó su actividad (1,279 pp.), al crecer 12,8%. Por otro lado, la regasificación presentó una baja en su actividad, mientras que el agua vivió una incidencia positiva de 0,334 pp., al crecer 1,8%.
Cabe consignar que las cifras divulgadas por el organismo reflejan parte del mes de octubre, cuando se inició una ola de protestas y hechos de violencia que han afectado a la economía.
Fuente: Emol economías y negocios online, noviembre 29 de 2019
Según expuso el INE, «los efectos del contexto actual que está viviendo el país debieran verse con mayor fuerza reflejados en los trimestres móviles sucesivos».
La tasa de desempleo del país se ubicó en 7% durante el trimestre agosto-octubre, anotando una baja de 0,1% respecto al mismo período del año pasado, según los datos arrojados esta mañana por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
Dado la información recogida por la Encuesta Nacional de Empleo (ENE), el resultado se debió al alza de 1,2% de la fuerza de trabajo, levemente inferior a la registrada por los ocupados (1,2%).
En tanto, los desocupados anotaron un incremento de 0,2% respecto al trimestre móvil pasado, «incididos únicamente por quienes buscan trabajo por primera vez», señaló el órgano estadístico.
Según los resultados de la encuesta, la situación entre mujeres y hombres fue dispar, ya que la tasa de desocupación femenina se situó en 7,6%, aumentando 0,2 puntos porcentuales en doce meses, mientras que la masculina fue 6,6%, retrocediendo 0,3 puntos en un año.
Por su parte, en la Región Metropolitana la tasa de desocupación alcanzó un 8,1%, anotando un aumento de 0,6 puntos porcentuales en doce meses y siendo la segunda región con mayor desempleo tras Atacama (8,8%). Además de estas dos, no hay ninguna otra zona del país que su desocupación alcance o supere el 8%.
Estallido social
Por otro lado, el INE informó que el estallido social que comenzó el pasado 18 de octubre en el país «ha tenido un impacto en el trabajo de campo de una encuesta continua como la ENE».
8,1%fue la tasa de desocupación en la RM, creciendo 0,6 pp en doce meses
Es por eso, agregó, que se implementó «un plan de contingencia para mitigar los posibles efectos en la calidad estadística de las estimaciones que se obtienen con la encuesta, con la cual la tasa de no respuesta para este trimestre se encuentra dentro de los límites tolerables para realizar estimaciones confiables a los niveles definidos en el modelos muestral».
Dicho eso, el INE expuso que «los efectos del contexto actual que está viviendo el país debieran verse con mayor fuerza reflejados en los trimestres móviles sucesivos. Hay que tener presente que este trimestre móvil en particular cuenta con información de dos meses y medio previos al estallido social».
Tasa de desocupación estimada por región
Región | Tasa de desocupación (%) |
Arica y Parinacota | 6,1 |
Tarapacá | 6,6 |
Antofagasta | 5,6 |
Atacama | 8,8 |
Coquimbo | 6,2 |
Valparaíso | 6,5 |
Región Metropolitana | 8,1 |
O’Higgins | 7,4 |
Maule | 6,6 |
Ñuble | 7,9 |
Biobío | 7,3 |
La Araucanía | 6,1 |
Los Ríos | 5,1 |
Los Lagos | 2,8 |
Aysén | 4,7 |
Magallanes | 4,0 |
Total nacional |
7,0 |
Fuente: Emol Economía y Negocios online, noviembre 29 de 2019
El Tribunal de alzada consideró que la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se adoptó con infracción a la norma legal.
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago anuló la sentencia que acogió demanda de desafuero maternal y que autorizó al empleador, la empresa de ventas y servicios Roym Limitada, a despedir a la trabajadora amparada por fuero maternal.
La sentencia sostiene que para dilucidar la pretendida infracción de esta norma cabe recordar que la necesidad de probar no es una obligación, sino una carga, toda vez que la primera ‘implica la subordinación de un interés del obligado al interés de otra persona, so pena de sanción si la subordinación no se efectúa; la carga, en cambio, supone la subordinación de uno o más intereses del titular de ellos a otro interés del mismo.’ ‘El litigante no está, pues, obligado a probar, la ley no lo compele a ello, es libre para hacerlo o no hacerlo; pero si no proporciona la prueba de su derecho, sus pretensiones no serán acogidas por el juez.’ (Derecho Civil. Parte Preliminar y Parte General, página 409. Tomo segundo. Alessandri Somarriva y Vodanovic).
La resolución agrega que si bien en ciertos casos se ha constatado la dificultad de determinar a quién le corresponde cargar con el peso de la prueba, unánimemente se ha aceptado que ésta le toca rendirla al que sostiene una proposición contraria al estado normal u ordinario de las cosas, al que pretende destruir una situación adquirida. Así surgió la antigua regla de que el demandante es quien debe tener sobre su responsabilidad presentar las pruebas del hecho que alega a su favor, enunciándose en el derecho romano de dos maneras: onus probandi incumbit actori (la carga de la prueba incumbe a la parte actora) o onus probandi incumbit ei qui dicit (la carga de la prueba incumbe al que afirma). Y esto no puede ser de otra manera precisamente a partir de lo que se ha dicho, esto es, que el actor pretende introducir un cambio en la situación existente, de manera que hasta que se demuestre lo contrario, se entenderá que el demandado debe conservar las ventajas de su situación.
A continuación, el fallo señala que de esta forma, el demandado que simplemente niega los hechos que han sido sostenidos por el actor no necesita presentar prueba alguna. Pero, si el demandante acredita los presupuestos fácticos en que funda su pretensión, la situación anterior se invierte. El actor deberá justificar los hechos constitutivos, que son aquellos que producen el nacimiento de un derecho o de una situación jurídica que antes no existía y que son el apoyo de su demanda, encontrándose el demandado, por su parte, en la necesidad de probar los hecho sextintivos, impeditivos o modificativos capaces de justificar el rechazo dela demanda.
Añade que en este entendido, y dada la formulación protectora del artículo 174, no admite discusión que la carga de probar los fundamentos de la pretensión, esto es la situación de excepción que permitía acceder al desafuero recaía en el dueño de la acción, esto es el actor, pues es él quien pretender dejar sin efecto la protección legal conferida al efecto. Tanto es así, que el juez de la audiencia preparatoria redactó el hecho controvertido en términos tales que –correctamente- pone en el demandante el peso de probar la ‘conveniencia de otorgarse la autorización al empleador demandante para poner término a la relación laboral con la trabajadora. Causales que harían procedente dicho término’ (sic).
Por último, concluye que en consecuencia cuando el sentenciador decide acoger la demanda argumentando que la trabajadora no acreditó la conveniencia de mantener el fuero, no solo desconoce la carga probatoria que por resolución ejecutoriada se había decidido imponer al actor, sino que además la naturaleza de la acción que dedujo, que le imponía probar la necesidad de la autorización que peticiona, pues el tribunal estaba llamado a ejercer en uno u otro sentido la facultad que la ley le entrega, única y exclusivamente en atención al examen, conforme las reglas de la sana crítica, de los antecedentes incorporados en la etapa procesal pertinente, alumbrado todo ello por la normativa nacional e internacional citada.
Vea texto íntegro de la sentencia rol 2.242-2019
Fuente: Diario Constitucional, noviembre 29 de 2019
Desvinculaciones, en tanto, no han mostrado un incremento significativo, de acuerdo a datos del servicio.
Pero los trabajadores no han recurrido sólo para informar atrasos y/o ausencias. Según el Ministerio del Trabajo, 2.827 personas han presentado una denuncia ante la DT en el último mes, ya sea por no pago de remuneraciones, vulneración a la integridad psíquica o incumplimiento de contratos.Cercanos a la DT explicaron que en los próximos meses las denuncias podrían mostrar un fuerte aumento, producto que durante el último mes el servicio no ha funcionado a su real capacidad, por lo cual no han podido procesar ni recibir todas las denuncias.“Las cifras no muestran un aumento significativo de los despidos en este período, sin embargo, es difícil que ello pueda sostenerse en el tiempo si la violencia y los actos vandálicos no se detienen”, dijo Arab.“Muchas empresas, especialmente pymes, que han sido muy afectadas en su normal funcionamiento, tendrán graves problemas para llegar a fin de mes y pagar los sueldos, y obviamente para mantener los puestos de trabajo. Por lo mismo, desde el Gobierno estamos impulsando varias acciones de apoyo, pero todo será insuficiente si los destrozos y desmanes no se detienen”, dijo.
De acuerdo a la última información de la DT sobre esta materia, durante octubre 38.569 personas fueron notificadas de su desvinculación.
Con respecto a las personas que han sido desvinculadas por sus empleadores -producto de los daños que han sufrido sus lugares de trabajo-, el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, sostuvo que los datos aún no muestran un incremento significativo de desvinculaciones.
Entre el 18 de octubre y el 12 de noviembre, 303 personas han recurrido a la DT por no pago de remuneración íntegra; 210 han denunciado recibir un pago parcial o incorrecto; 178 han acusado incumplimiento y/o modificación unilateral del contrato de trabajo; 98 han acusado vulneración del derecho a la integridad psíquica; 103 han denunciado el no pago de las horas extraordinarias; entre otras causas.
Un total de 45.331 constancias por atrasos y/o ausencias por parte de trabajadores ha recibido la Dirección del Trabajo en medio de la crisis social que vive el país. De acuerdo a datos del servicio liderado por Mauricio Peñaloza, 14.388 de los registros de una situación excepcional ante la autoridad laboral se hicieron a través del portal “Mi DT” entre el 18 de octubre y el 20 de noviembre, mientras que 27.423 mediante la plataforma antigua del servicio y 3.520 de forma presencial.
Fuente: Diario Financiero, noviembre 28 de 2019
El espacio, que se encuentra en la sede San Joaquín de Duoc UC, cuenta con tecnología de realidad aumentada, producción inteligente y robótica móvil, entre otras.
Este miércoles 27 de noviembre Duoc UC inauguró el Centro FACT (Festo Authorized and Certified Training Centre), el primer y único espacio certificado para capacitar en Chile sobre la modernización de procesos e Industria 4.0. Se trata de un centro de entrenamiento autorizado y certificado por FESTO, empresa alemana líder en el campo de la automatización a nivel mundial.
El espacio, ubicado en la sede San Joaquín, busca transformarse en un actor clave para el aprendizaje y avance en materia tecnológica del país.
“Siento un gran orgullo como Duoc UC que nosotros estemos dando un paso más para aportar al desarrollo de las personas, el que también va de la mano con el desarrollo del país y es por eso que este tipo de actividades, es necesario hacerlo para avanzar como país. Estamos formando alumnos en electromovilidad, energías renovables, redes eléctricas inteligentes, y ahora en la Industria 4.0”, expresó el director Área Escuelas Ingeniería, Construcción y Recursos Naturales de Duoc UC, Santiago Marín.
Por su parte, el director ejecutivo del Comité de Transformación Digital de CORFO, Juan Francisco García, quien también estuvo presente en la inauguración, comentó que “quienes se van a formar hoy en este centro de transformación 4.0 son quienes van a cambiar la industria, y es importante comprender la dimensión de ese impacto en la formación. Por eso como CORFO queremos agradecer por esta inauguración del Centro FACT, porque están llevando tecnología de punta a la empleabilidad y el desarrollo del país”.
En tanto, para el embajador de Alemania, Christian Hellbach, Chile es un país que lleva la delantera en materia 4.0. “En la industria económica y el mundo laboral hay que saber adaptarse a los cambios y a veces hay que adelantarse a los cambios. En la producción inteligente, la Industria 4.0, la formación para este sector es clave y en ese sentido se necesitan personas bien preparadas”, agregó.
Centro FACT
Desde ahora, y gracias a este espacio, los alumnos de la Escuela de Ingeniería podrán aprender a atender y trabajar las soluciones de los diferentes procesos actuales de las distintas industrias, y también egresar con una certificación que será válida en más de 70 países.
Pero no sólo eso, pues quienes trabajen en el área y quieran renovar sus conocimientos, podrán hacerlo mediante un diplomado.
Cabe mencionar que este centro de aprendizaje es único debido a las tecnologías de la Industria 4.0 que utiliza en sus estaciones, tales como realidad aumentada, comunicación M2M, producción inteligente, SCADA (Supervisión, Control y Adquisición de Datos), robótica móvil y RFID (Identificación por Radio Frecuencia), entre otras.
Específicamente, el laboratorio está compuesto por cinco estaciones de procesos que tienen la capacidad de comunicarse entre ellas y conformar un sistema de manufactura central. Las estaciones simulan un proceso industrial automatizado donde cada una tiene una función: distribución, medición, robot colaborativo, clasificación y almacenamiento.
Las estaciones permiten configurarse de distinta manera, generando una línea de producción versátil y con múltiples productos. Además, se pueden programar para realizar distintas acciones que promueven la manufactura flexible y se manejan de manera inalámbrica a través de un software instalado en un computador.
Asimismo, el centro de aprendizaje de la industria 4.0 tiene un robot móvil AGV, que sirve para comunicar las estaciones entre sí, y un visor de realidad virtual CIROS® VR, que permite realizar un entrenamiento virtual con simulaciones 3D interactivas en tiempo real.
Fuente: eldinamo.cl, noviembre 27 de 2019
El nuevo roadmap, impulsado por el Consejo Minero y Fundación Chile, busca generar una visión conjunta entre compañías y proveedores de la minería, de cara a enfrentar los requerimientos tecnológicos y de innovacción que imponen los cambios globales.
La innovación juega un rol clave a la hora de abordar la industria 4.0. Sin embargo, hoy el país no cuenta con una visión para llevar a cabo este proceso. Con el fin de cambiar este escenario, Fundación Chile (FCh), a través de su programa Interop –que busca solucionar la incompatibilidad de tecnologías– y el Consejo Minero, anunciaron la creación de la “Hoja de Ruta de las Innovaciones Estratégicas para la Minera 4.0 en Chile 2020-2035”, un roadmap que apunta a adoptar un modelo de desarrollo sostenible en el país y que tiene un tiempo de diseño de cuatro meses.
Este proyecto, que nació tras identificar la falta de una un visión conjunta de la industria y proveedores mineros para abordar temas de minería 4.0, complementará la hoja de ruta “Desde el Cobre a la Innovación: Roadmap Tecnológico 2015-2035”, publicada en 2015 por las mismas entidades y que determinó el desarrollo de proveedores tecnológicos y de la minería inteligente como pilares habilitadores de la industria.
A diferencia del primer mapa, el nuevo plan, que fue anunciado este mes, busca ahondar en la industria y plantear desafíos más concretos para ser abordados entre compañías mineras y proveedores. Para lograrlo, están impulsando un proceso participativo de construcción de proyectos que involucre a la industria local, proveedores, centros de Investigación y Desarrollo (I+D) y organismos del Estado. Hasta la fecha, empresas como BHP, Codelco, Collahuasi, Antofagasta Minerals, Anglo American y Freeport-McMoRan, están participando.
“Vemos la necesidad de generar un visión conjunta de la industria para abordar aspectos de minería 4.0 en temas tecnológicos, esto implica dar señales claras a los proveedores de cuáles tecnologías de la industria 4.0 serán demandadas, los requerimientos de los sistemas en términos de interoperabilidad y manejo de datos y dónde están las mayores oportunidades”, señala el gerente general de Fundación Chile, Marcos Kulka.
En esa misma línea, se busca definir estándares y desarrollar guías técnicas de redes de comunicaciones inalámbricas de alta velocidad e interoperabilidad de equipos, para proveer infraestructura habilitante a la nueva minería.
Industria local
El gerente general del Consejo Minero, Carlos Urenda, explica que los proveedores locales juegan un rol fundamental en la creación de la hoja de ruta. “Las compañías mineras chilenas tienen una natural propensión a preferir a los locales cuando el producto o servicio es competitivo”, afirma Urenda.
El ejecutivo añade que el roadmap apunta también a incorporar y desarrollar proveedores locales y crear una industria de proveedores de bienes y servicios para la minería de envergadura en Chile, que tenga “amplia capacidad exportadora para replicar su éxito en otras naciones mineras. La hoja de ruta será una contribución en este sentido. Sin embargo, la competencia es fuerte a nivel mundial, lo que impone un enorme desafío a la industria proveedora chilena”, plantea Urenda.
El desafío no es nuevo, ya que previamente se había planteado en la hoja de ruta de 2015, donde se proyecta desarrollar 250 proveedores locales de clase mundial y generar exportaciones por US$ 4.000 millones en tecnología y servicios mineros para 2035.
Reconversión laboral
Paralelamente, la iniciativa busca la reconversión laboral de trabajadores de la minería a través de programas de formación, ya que la manufactura avanzada requerirá capacidades con las que no cuentan hoy estas compañías, afirma Kulka, y alinear los esfuerzos del mundo académico con las necesidades reales del sector.
Kulka estima que “permitirá disminuir los esfuerzos no planificados y de baja prioridad eliminando el desgaste de proveedores en aquellas soluciones que no son de interés de la industria. Por esto, seguir este mapa mejorará las decisiones de inversión de I+D”.
Respecto de la inversión del roadmap, Kulka explica que, a partir de la experiencia de la hoja de ruta de 2015, se espera que el Programa Nacional de Minería Alta Ley convoque a la industria y al sector público a financiar las iniciativas que surjan. “La industria, al ver el valor en la cartera de proyectos, está dispuesta a aportar con financiamiento, lo que permite apalancar recursos públicos y el desarrollo de una agenda público-privada”, señala.
Fuente: Diario Financiero, noviembre 27 de 2019
«…Las empresas pueden acomodarse a los tiempos actuales utilizando las herramientas que dispone la ley, sin perjuicio de otras que en la medida de lo posible puedan acordar con los trabajadores en virtud del principio de autonomía de la voluntad que rige los contratos individuales (…), respetando siempre como límite la función protectora del derecho laboral…»
Atendida la compleja situación nacional en las últimas semanas, se ha hecho necesario que las empresas busquen vías alternativas para soslayar los efectos del impacto, en particular en lo referido a la jornada laboral de sus trabajadores, aplicando las normas de flexibilidad que permite nuestra legislación para otorgar facilidades atendidas dificultades y situaciones de fuerza mayor. Es en este contexto que hemos recomendado la implementación de algunas herramientas que dispone el ordenamiento jurídico-laboral vigente para que puedan adaptarse al escenario actual y planificarse en el corto y mediano plazo.
Una de las mayores dificultades observadas durante estas semanas ha sido el traslado hacia los lugares de trabajo. En este sentido, existen actualmente alternativas que otorga nuestra legislación al empleador para flexibilizar la jornada laboral. Así, por ejemplo, el artículo 12 del Código del Trabajo permite adelantarla o retrasarla en 60 minutos, con lo cual en algunas ocasiones podría evitarse el registro de atrasos masivos en las empresas. En este caso señalado por el artículo 12, para que proceda la modificación unilateral de la jornada es necesario que se dé el aviso correspondiente al trabajador con, a lo menos, 30 días de anticipación. No obstante, las partes, de común acuerdo, podrían pactar una distribución de jornada distinta para los mismos efectos.
En este mismo orden, la Inspección del Trabajo, por medio de su facultad normativa, ha señalado que como excepción a la necesaria certeza que debe tener el trabajador respecto de la jornada de trabajo que le corresponde, podrán las partes del contrato convenir que este último elija el momento de inicio de la jornada dentro de una franja de tiempo máxima de una hora, ajustándose automáticamente el momento de salida según la hora efectiva de ingreso.
Por otro lado, en el caso de empresas que han sido saqueadas, quemadas o vandalizadas, impidiéndose con ello su normal funcionamiento o el de alguno de sus establecimientos, sucursales, tiendas, bodegas u otros, el mismo artículo 12 citado permite al empleador unilateralmente modificar la funciones o el lugar de trabajo, siempre que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad y que ello no importe menoscabo para el trabajador.
En casos de mayor gravedad, en los cuales no exista la posibilidad de reubicar a los trabajadores por el tiempo que duren las reparaciones u otros es posible recurrir a la facultad que otorga la ley al empleador para imponer feriado colectivo. Los empleadores podrán determinar que en sus empresas o establecimientos, o en parte de ellos, se proceda anualmente a su cierre por un mínimo de 15 días hábiles para que el personal respectivo haga uso del feriado en forma colectiva. Esta herramienta de administración procede para todos los trabajadores de la empresa o de una sección de ella que lo requiera, debiendo otorgarlo incluso a aquellos que aún no cumplen un año al interior de ella.
De este modo, las empresas pueden acomodarse a los tiempos actuales utilizando las herramientas que dispone la ley, sin perjuicio de otras que en la medida de lo posible puedan acordar con los trabajadores en virtud del principio de autonomía de la voluntad que rige los contratos individuales de trabajo, tales como disminuir la jornada, anticipar días de vacaciones o suspender transitoriamente los efectos del contrato, respetando siempre como límite la función protectora del derecho laboral, que es fundamento de una de sus características particulares, como es que se trata de un contrato dirigido, esto es, que la ley determina en algunas materias fundamentales el contenido máximo o mínimo que debe tener.
Fuente: El Mercurio Legal, noviembre 26 de 2019