El pasado 11 de septiembre la Presidencia de la República comunicó la extensión del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por calamidad pública en todo el territorio nacional por un período de 90 días, debido a la pandemia de Covid-19 que afecta al país. Con ello, se modifican los plazos establecidos en la Ley «Crianza Protegida» para el uso de la Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP) que tenía, inicialmente, vigencia hasta el 14 de septiembre, con lo que a todas aquellas personas que se encontraren haciendo uso de una Licencia Médica Preventiva Parental con fecha de término el 14 de septiembre, será su respectiva contraloría médica, ya sea ISAPRE o Compin, la que ajustará el plazo de su licencia médica, no debiendo la persona solicitar la extensión, sino que se realizará directamente, sin necesidad de trámite alguno.