Dirección del Trabajo prepara un pronunciamiento legal con las implicancias laborales del fenómeno. Abogados, en tanto, discrepan de la necesidad de contar con una licencia.
Es un hecho, el coronavirus llegó a Chile. Así lo confirmó la tarde de hoy el Ministerio de Salud. Y a pesar de que hace días se venía hablando de la llegada del denominado Covid-19 a suelo nacional, aún hay varias dudas en torno a las implicancias que podría traer consigo la epidemia de origen chino, principalmente en el campo laboral.
Si tengo sospechas de estar contagiado, ¿puedo ausentarme de mi trabajo? ¿Mi empleador puede obligarme a asistir al trabajo? Estas son algunas de las dudas que comienzan a hacer eco al interior de diversas firmas.
Por esta razón, la Dirección del Trabajo prepara un pronunciamiento legal para zanjar las inquietudes e implicancias legales de la epidemia en el país. Pronunciamiento que se dará a conocer en los próximos días.
Pese a todo, para tener un panorama del escenario, Diario Financiero consultó a abogados para conocer las implicancias laborales del brote. ¿Es necesario contar con licencia? ¿Puede mi empleador negarme la posibilidad de realizarme exámenes? ¿Si hay un brote en mi oficina puedo ausentarme?
«Jefe, parece que tengo coronavirus…»
La ausencia al trabajo es razonablemente justificable por temas de salud y para evitar contagio en la empresa, parte aclarando Jaime Salinas, socio fundador de Salinas Toledo. Según explicó el abogado, existe una norma expresa en el Código del Trabajo que, genéricamente, aplica a esta situación.
«El artículo 66 otorga permisos a los trabajadores para realizarse exámenes de próstata y mamografías, mencionando también esta norma que este permiso aplica para otras prestaciones de medicina preventiva, lo que perfectamente puede referirse al examen de detección del coronavirus», sostuvo Salinas.
Una opinión en la misma línea entregó Luis Lizama, director del Departamento de Derecho del Trabajo de la Universidad de Chile, quien señaló que lo que la Ley no admite es que un trabajador se ausente sin justificación.
«En consecuencia, si un trabajador tiene alguna manera de fundamentar su ausencia al trabajo, como podría ser el que contrajo una enfermedad, indudablemente que va a ser considerado una ausencia justificada», dijo.
A juicio de Luis Parada, socio a cargo del área laboral del estudio DLA Piper Chile, la legislación laboral no tiene un procedimiento claro de cómo actuar en un caso de enfermedad altamente contagiosa. Sin embargo, el abogado agregó que «si un trabajador tiene sospecha fundada de estar contagiado con coronavirus, deberá asistir a realizarse un examen y tendrá que comunicar lo anterior a su empleador, y podría razonablemente ausentarse de sus labores mientras se confirma el diagnóstico», sostuvo.
«Contagio en mi trabajo ¿qué hacer?»
«Hay sospechas de coronavirus en mi trabajo ¿puedo ausentarme?». Esta es otra pregunta que va haciendo eco en torno a la cual los abogados se pronunciaron.
«Hay una regla en nuestro Código Laboral, que contempla que el empleador es quien debe garantizar a los trabajadores un ambiente no solo libre de acoso laboral sino que también un ambiente en el cual las condiciones ambientales sean las adecuadas», sostuvo Lizama.
Esto fue respaldado por Salinas, quien agregó que aquel trabajador que tenga certeza o sospechas razonables «puede ausentarse en tanto la empresa no otorgue las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores, obligación que el Decreto Supremo 594 expresamente impone a todas las empresas».
A juicio de Parada, en tanto, no basta la simple sospecha por parte del trabajador. «Se requeriría de una calificación de la autoridad sanitaria en este sentido, la que probablemente terminaría en el cierre de las instalaciones en el ejercicio de las facultades del Código Sanitario, de confirmarse el peligro para la salud», comentó.
«El empleador tiene el deber de cuidar la vida y salud de todos los trabajadores de la empresa. Por lo mismo, si hay sospechas fundadas de que en la empresa hay un foco de contagio debiera tomar las medidas del caso, instando a los trabajadores de quienes existe sospecha, a que acudan a un centro médico y pedir apoyo a su mutual», agregó Rodrigo Marín, socio de Parraguez & Marín.
Una opinión similar entregó el exsubsecretario del Trabajo, Marcelo Soto, quien planteó que si el trabajador se da cuenta de que el empleador no hace nada «él podría con motivos razonables -por supuesto y con cierta base-, suspender sus labores y eventualmente alejarse del lugar de trabajo si es que estima que hay una situación».
Los casos aislados, pero sin licencia médica ¿qué hacer?
«¿Es necesaria la licencia médica para fundamentar una inasistencia?» o «me pidieron no salir de mi casa por sospecha, ¿qué le digo a mi jefe?», son otras de las preguntas que se están repitiendo en las redes sociales.
Sobre el tema, Marín es claro. «La licencia médica sólo tiene relevancia para el pago del subsidio. No es el único justificativo. Si a un trabajador le detectan coronavirus no debiera asistir a su trabajo, independiente de tener o no licencia médica», dijo.
Para Salinas, en los casos de las personas a quienes la autoridad instruyó no salir por ser posibles portadores, basta mostrar un instructivo con aquella recomendación para justificar ausencias.
«Con la respectiva constancia de dicha recomendación/instrucción se puede justificar la inasistencia al trabajo, pero es necesario que exista un antecedente documental que pueda exhibirse para tener constancia de esta circunstancia», dijo Salinas.
Fuente: Diario Financiero, marzo 03 de 2020