La Superintendencia de Pensiones informó un nuevo aumento en el tope máximo imponible de cotizaciones de seguridad social. Con fecha 13 de febrero recién pasado, se publicaron en el Diario Oficial las Resoluciones Exentas Nº 440 y 441 de la Superintendencia de Pensiones que establecen que a partir del 1° de febrero de 2020, el tope imponible mensual que deberá considerarse para calcular las cotizaciones del Seguro de Cesantía aumenta a 120,4 Unidades de Fomento y que el tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo se mantiene en 80,2 Unidades de Fomento.