Propuesta busca asegurar el respeto de los derechos laborales de los adultos mayores que, habiendo jubilado, deseen continuar trabajando.
Se estima que unos 600 mil adultos mayores hoy se encuentran ejerciendo algún tipo de actividad productiva.
A paso lento pero seguro avanza en el Congreso el proyecto de ley que establece y regula el contrato de trabajo del adulto mayor, el cual busca que las personas mayores de 60 años puedan pactar voluntariamente con su empleador una jornada flexible.
El pasado 6 de enero los senadores aprobaron, con 28 a favor y tres abstenciones, las ideas centrales de la propuesta en primer trámite legislativo.
El proyecto -que consta de dos mociones refundidas presentadas por los senadores Carolina Goic, Francisco Chahuán, Rabindranath Quinteros y David Sandoval- toma como base la Recomendación n° 162 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la cual a nivel general establece que los adultos mayores “deberían disfrutar, sin discriminación por razón de edad, de igualdad de oportunidades y de trato respecto de los otros trabajadores”.
El avance de la tramitación de la moción toma relevancia, ya que se trataría de la segunda propuesta que sigilosamente logra hacerse espacio en la agenda legislativa, tal como ocurrió con el proyecto que reduce la jornada laboral a 40 horas semanales, el cual fue sumando apoyos en el Congreso. Esto en un contexto en el cual el Gobierno ha intentado posicionar sus propios proyectos.
Como eje central, la moción en discusión propone una regulación que asegura el respeto de los derechos laborales de los adultos mayores que, habiendo jubilado, deseen continuar trabajando, eso sí, amparados por un tipo de contrato de trabajo simplificado.
De tres meses a un año
Así la propuesta busca que el trabajador adulto mayor -definido en la Ley N° 19.828 que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor- pueda pactar con el empleador una determinada cantidad de horas de trabajo, las que se podrán distribuir en un periodo superior a tres meses e inferior a un año. Además, la distribución de las horas de cada semana por el periodo de tiempo pactado podrá ser en jornadas diarias de un máximo de 8 y un mínimo de 5 horas, distribuidos hasta en 6 días.
¿Qué ocurre con los beneficios sociales? El proyecto establece que los beneficios otorgados por el Estado u otros de diverso tipo “que les corresponda recibir o que se encuentren actualmente percibiendo no se perderán por prestar servicios conforme con un contrato de trabajo regido por este capítulo”.
Respecto a las remuneraciones, el proyecto establece que se pagará mensualmente sobre la base del total de horas trabajadas durante el mes.
“Llena un vacío”
Además, la contratación bajo esta nueva modalidad de trabajo de adultos mayores no podrá aplicarse para la realización de tareas que sean consideradas perjudiciales para la salud o para trabajos pesados.
“Este proyecto llena un vacío en nuestra legislación”, dijo el senador José Miguel Durana (UDI), en la votación en Sala de la propuesta el pasado 6 de enero, agregando que se trata de una propuesta relevante ya que “va a permitir incentivar la contratación en adecuadas condiciones de seguridad y protección para el trabajador, a través de contratos formales, con seguros de accidentes, previsión social y salud”.
El senador David Sandoval sostuvo que “en Chile existen cerca de 600 mil adultos mayores que trabajan sin ningún tipo de vínculo laboral (…) ¿por qué lo hacen? porque ellos han estimado que bajo ese sistema no pierden otro tipo de beneficios que el Estado les otorga. Esto se hace cargo”.
Fuente: Diario Financiero, enero 21 de 2020