Un importante triunfo judicial se adjudicó Estudio Navarro luego de que el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazara la demanda de un ex empleado de BancoEstado, quien, al renunciar después de 40 años de servicio, reclamaba que la indemnización por años de servicio que le correspondía, no estaba sujeta al tope de 90 UF previsto en el Código del Trabajo. El tribunal, acogió lo planteado por el Banco al considerar que el contrato colectivo al cual se encontraba sujeto el trabajador al momento de su terminación de contrato, estipulaba claramente que en caso de renuncia, la indemnización por años de servicios correspondiente si se sujetaba al límite en comento, primando la voluntad colectiva por sobre la ley.